V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. (BOE-B-2022-35928)
Extracto de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca concesión de ayudas para prestación al usuario final de un servicio asequible de conexión de banda ancha a una velocidad mínima de transmisión de 100 Mbps principalmente en zonas rurales remotas e instalación del equipamiento necesario para ello a partir de la configuración de un servicio de capacidad de transmisión (Programa UNICO Demanda Rural), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Viernes 18 de noviembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 55368

El importe máximo global de las ayudas a otorgar al amparo de esta Orden
alcanzará la cuantía de 84.800.000 euros, con cargo a fondos procedentes del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE)
2021/241 de Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y a la
aplicación presupuestaria 27.50.46OA.77015 del presupuesto de gastos de la
Secretaria de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales para el
año 2022 y equivalentes de ejercicios posteriores, de acuerdo con las
disponibilidades presupuestarias.
Al preverse otorgar cuatro ayudas, el importe máximo a percibir por cada
ayuda alcanzará la cuantía de 21.200.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes se inicia el día siguiente a la
publicación de la orden en el Boletín Oficial del Estado y finalizará a las 13 horas
del día 5 de diciembre de 2022.
Sexto. Otros datos.
La solicitud y demás comunicaciones se realizarán únicamente mediante
tramitación electrónica.
El ámbito geográfico de las actuaciones subvencionables al amparo de esta
orden es la totalidad del territorio nacional.
Para la acreditación de la realización del proyecto, el cumplimiento de las
condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos en la resolución
de concesión, se exige cuenta justificativa con aportación de los justificantes de
gasto y de pago, junto con el informe de auditor.
Madrid, 14 de noviembre de 2022.- Nadia Calviño Santamaría
La Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

cve: BOE-B-2022-35928
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X