II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18958)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 156653
– Discapacidad (casilla de verificación). Marcar por aquellos participantes que
tengan la condición de personas con discapacidad.
– Datos a consignar según la convocatoria.
● Recuadro A: Indique la administración competente responsable de la expedición
del título acreditativo de familia numerosa, la categoría de la misma (general o especial)
y el número de identificación del título.
● Recuadro B: Si tiene reconocida la condición de «víctima del terrorismo», indicar
«VT».
● Recuadro C: Si posee la condición de discapacitado por causa de ser pensionista
de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente
en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con
reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente
para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP»,
respectivamente.
3.5 El Servicio de Gestión de Personal de Administración y Servicios solicitará la
verificación de la condición de discapacidad de los aspirantes presentados al proceso
selectivo.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.8 El pago se realizará exclusivamente de forma electrónica, a través de la Sede
Electrónica de la Universidad de Valladolid, según el procedimiento establecido en la
base 3.3. De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de
Valladolid (Resolución Rectoral de 8 de marzo de 2022, por la que se acuerda la
publicación de su Presupuesto para el ejercicio económico 2022, BOCyL núm. 51, del 15
de marzo de 2022), la tarifa para la participación en el proceso selectivo será
de 20 euros.
En ningún caso el abono de los derechos para participar en el proceso selectivo
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud
según lo expresado en la presente base. La omisión del pago de las cantidades para
participar en el proceso selectivo dentro del plazo de presentación de solicitudes
determinará la exclusión del aspirante. No obstante, podrá subsanarse el pago
incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su exención total o parcial.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de
diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no
procederá devolución alguna de la tasa por derechos de participación en el proceso
selectivo en los supuestos de exclusión definitiva al Concurso por causa imputable al
interesado.
Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento estarán exentos de
la correspondiente tasa de participación al proceso selectivo.
Las víctimas del terrorismo, que tengan reconocida tal condición de conformidad con
lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a
las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentos de la correspondiente
tasa de participación al proceso selectivo. La condición de víctima del terrorismo se
alegará en el campo «recuadro B»
Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18
de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención
del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial, y a una
bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se alegará en el campo «recuadro A» de la solicitud de participación,
indicándose la administración competente responsable de la expedición del título
cve: BOE-A-2022-18958
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 156653
– Discapacidad (casilla de verificación). Marcar por aquellos participantes que
tengan la condición de personas con discapacidad.
– Datos a consignar según la convocatoria.
● Recuadro A: Indique la administración competente responsable de la expedición
del título acreditativo de familia numerosa, la categoría de la misma (general o especial)
y el número de identificación del título.
● Recuadro B: Si tiene reconocida la condición de «víctima del terrorismo», indicar
«VT».
● Recuadro C: Si posee la condición de discapacitado por causa de ser pensionista
de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente
en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con
reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente
para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP»,
respectivamente.
3.5 El Servicio de Gestión de Personal de Administración y Servicios solicitará la
verificación de la condición de discapacidad de los aspirantes presentados al proceso
selectivo.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.8 El pago se realizará exclusivamente de forma electrónica, a través de la Sede
Electrónica de la Universidad de Valladolid, según el procedimiento establecido en la
base 3.3. De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de
Valladolid (Resolución Rectoral de 8 de marzo de 2022, por la que se acuerda la
publicación de su Presupuesto para el ejercicio económico 2022, BOCyL núm. 51, del 15
de marzo de 2022), la tarifa para la participación en el proceso selectivo será
de 20 euros.
En ningún caso el abono de los derechos para participar en el proceso selectivo
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud
según lo expresado en la presente base. La omisión del pago de las cantidades para
participar en el proceso selectivo dentro del plazo de presentación de solicitudes
determinará la exclusión del aspirante. No obstante, podrá subsanarse el pago
incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su exención total o parcial.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de
diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no
procederá devolución alguna de la tasa por derechos de participación en el proceso
selectivo en los supuestos de exclusión definitiva al Concurso por causa imputable al
interesado.
Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento estarán exentos de
la correspondiente tasa de participación al proceso selectivo.
Las víctimas del terrorismo, que tengan reconocida tal condición de conformidad con
lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a
las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentos de la correspondiente
tasa de participación al proceso selectivo. La condición de víctima del terrorismo se
alegará en el campo «recuadro B»
Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18
de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención
del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial, y a una
bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se alegará en el campo «recuadro A» de la solicitud de participación,
indicándose la administración competente responsable de la expedición del título
cve: BOE-A-2022-18958
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276