II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18960)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, de plazas de personal laboral (Grupo IV).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de noviembre de 2022

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5.5 El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
Bases, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén
previstas en ellas. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la LRJSP.
5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas para
el asesoramiento, imitándose éstos a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la UNIA,
que dictará la correspondiente Resolución.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la UNIA, calle Américo Vespucio, 2. Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla.
Teléfono 954 46 22 99 y/o al correo electrónico recursos.humanos@unia.es.
5.8 En ningún caso, el Tribunal podrá declarar que han superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier
propuesta que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
5.9 Las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por las personas
interesadas en los casos y de la forma establecida en la LPAC.
6.

Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Finalizada la baremación de los méritos, mediante Acuerdo del Tribunal se
harán públicas las puntuaciones provisionales otorgadas a cada una de personas
aspirantes. Dicho Acuerdo será publicado conforme a la base 1.5 de esta convocatoria y
contra el mismo las aspirantes podrán presentar alegaciones en el plazo de tres días
hábiles contados desde el siguiente a su publicación.
6.2 Una vez resueltas las alegaciones presentadas, y dirimidos lo posibles empates
que pudieran producirse en las puntuaciones otorgadas conforme a lo establecido en el
anexo II de la presente convocatoria, el Tribunal hará pública la relación de personas que
superan el proceso selectivo, con indicación de la puntuación correspondiente y de la
plaza convocada, proponiendo su adjudicación al Rector.
6.3 Cuando la persona aspirante haya concursado a varias de las plazas
convocadas el orden de adjudicación de las plazas será el establecido en su solicitud de
participación, y de acuerdo a la mayor puntuación obtenida en el concurso.
7. Formalización de los contratos laborales
7.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la
publicación del Acuerdo del Tribunal con la relación de personas que superan el proceso
selectivo a que se refiere la base anterior, las personas aspirantes que figuren en el
deberán presentar en el área de Recursos Humanos los documentos precisos para
acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la presente convocatoria.
7.2 Quienes, dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación o, del examen de esta se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no podrán ser propuestos
para la formalización del correspondiente contrato laboral y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad
en la solicitud inicial.
7.3 Acreditados los requisitos exigidos en la convocatoria, el Rector dictará
Resolución en virtud de la cual se adjudicarán las plazas convocadas, que será
publicada en el lugar indicado en el punto 1.5 de esta convocatoria. En dicha Resolución
se establecerá la fecha de incorporación al puesto de trabajo obtenido. A estos efectos, y
con anterioridad a la fecha de incorporación fijada, se formalizarán los correspondientes
contratos laborales.
7.4 Igualmente, en el contrato se establecerá el período de prueba establecido, de
conformidad con el artículo 22.5 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las

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Núm. 276