III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18989)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, como entidad colaboradora para la gestión de ayudas para cursos de formación en línea dirigidos a profesorado extranjero de español que ejerce en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de noviembre de 2022

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educativa en el marco más amplio de la promoción y difusión de la cultura y de la lengua
españolas y de la cooperación internacional.
2. Que el citado real decreto prevé, en su artículo 25, que la acción educativa en el
exterior se podrá desarrollar mediante la realización de actividades de formación
dirigidas al profesorado extranjero y a través de la suscripción de convenios con todo tipo
de instituciones cuya finalidad se oriente a la difusión del español.
3. Que el artículo 27 del mencionado Real Decreto establece, asimismo, que las
actividades de formación dirigidas al profesorado extranjero tendrán por objeto contribuir
tanto a la formación lingüística y cultural como a la actualización científica y didáctica del
profesorado de español por medio de las acciones que se consideren más pertinentes.
Asimismo, la formación del profesorado extranjero de español es el resultado de
compromisos internacionales adquiridos por el MEFP en acuerdos firmados con terceros
países.
4. Que el MEFP, en virtud del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales, es el departamento de la Administración
General del Estado Encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia educativa y de formación profesional.
Conforme al artículo 2, apartado 1.j) y al artículo 4, apartados 1.e), f), h), e.i) y 2.b)
del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del MEFP, le corresponde a la Secretaría de Estado de Educación, en
coordinación con la Secretaría General de Formación Profesional, y a la Dirección
General de Planificación y Gestión Educativa, de la que a su vez depende la Unidad de
Acción Educativa Exterior, ejercer la dirección de las relaciones internacionales en
materia de educación no universitaria, así como el seguimiento de las actuaciones
derivadas de la Unión Europea en este ámbito; la planificación de la administración
educativa en el exterior y de los centros docentes españoles de titularidad estatal en el
extranjero, así como la definición de los programas de cooperación internacional, de
carácter bilateral o multilateral, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
En este contexto, la Secretaría de Estado de Educación, a través de la Dirección
General de Planificación y Gestión Educativa y, específicamente, de la Unidad de Acción
Educativa Exterior, organiza regularmente cursos de formación para atender las
necesidades del profesorado extranjero de español y de materias impartidas en español
que ejerce en el exterior.
5. Que, al no contar el MEFP con la infraestructura necesaria para llevar a la
práctica las actividades inherentes a estos cursos, y al amparo de los dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se requiere la formalización
de un convenio con una entidad colaboradora que venga realizando actividades de
renovación metodológica y de mejora de la calidad de la enseñanza del español y la
cultura española.
6. Que la Universidad Nacional de Educación a Distancia, es una institución de
derecho público, dotada de personalidad y plena autonomía (artículo 1.º de los Estatutos).
Entre sus funciones generales, la UNED tiene la correspondiente a la preparación para el
ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos
científicos, así como, el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico,
tanto estatal como de las Comunidades Autónomas (artículo 1.2 de la Ley
Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre), finalidad que la UNED recoge y
especifica en el artículo 4.b) y c) de sus Estatutos, aprobados por Real Decreto
1239/2011, de 8 de septiembre (BOE núm. 228, de 22 de septiembre). Para el
cumplimiento de dicha finalidad, la docencia de la UNED comprende cursos de Formación
Permanente que pueden ser objeto de certificación o diploma, para cuya implantación la
UNED puede firmar convenios con otras instituciones u organismos interesados en su
establecimiento [artículo 245 y en relación al artículo 99.1.o) de los Estatutos de la UNED],
lo que constituye el marco legal de suscripción del presente convenio.

cve: BOE-A-2022-18989
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 276