III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-18975)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Urrea de Gaén, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156785
reconocida por sus características de educación no formal a distancia como una de
las 14 buenas prácticas en el inventario de la Unión Europea.
VIII. Que el derecho a la educación de los ciudadanos y el deber de los poderes
públicos de fomentar el acceso a la cultura y al aprendizaje permanente, hace necesario
establecer convenios que permitan cumplir con las competencias propias de la
Administración General del Estado y de las Entidades Locales, favoreciendo el impulso y
desarrollo de las competencias personales y profesionales a través de las tecnologías de
la información y la comunicación, y combinando adecuadamente los aspectos
educativos, culturales y de promoción del uso eficiente y sostenible de las tecnologías.
IX. Que, habida cuenta de sus intereses, tanto el Ayuntamiento de Urrea de Gaén
como el Ministerio de Educación y Formación Profesional están de acuerdo en
establecer un convenio que posibilite la continua cooperación entre las dos instituciones
en favor de la enseñanza a distancia para personas adultas a través del programa Aula
Mentor.
En consecuencia, ambas Partes formalizan el presente documento de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Constituye el objeto del presente convenio establecer los términos y condiciones
generales que regularán la colaboración entre el Ayuntamiento de Urrea de Gaén, y el
Ministerio de Educación y Formación Profesional en lo referido a la formación no reglada
de personas adultas a través de Internet con el desarrollo de la iniciativa de formación
abierta denominada «Aula Mentor» poniendo al alcance de los ciudadanos materiales de
formación con asistencia tutorial telemática.
Segunda.
Compromisos de las partes.
En virtud de este convenio marco, los firmantes adquieren los siguientes
compromisos:
a) Proporcionar las instalaciones físicas y equipamiento tecnológico al servicio de la
realización de los cursos constitutivos del objeto del presente convenio, en las
instalaciones ubicadas en Pza. Iglesia, 3, haciéndose cargo de su mantenimiento,
disponibilidad de conexión a Internet y operatividad en apoyo al funcionamiento ordinario
del Aula Mentor. Estas instalaciones podrán ser utilizadas para otras acciones
promovidas por el Ayuntamiento de Urrea de Gaén con objeto de hacer un uso eficiente
de las mismas.
b) Designar a un responsable o administrador de Aula Mentor, que deberá
garantizar la funcionalidad del aula, la asistencia al alumnado en las comunicaciones
telemáticas requeridas para la realización de los cursos, así como la orientación y la
información necesarias en apoyo a los procesos de matriculación, gestión del curso y
organización de las pruebas de evaluación presencial. La persona contratada en ningún
caso mantendrá vinculación laboral con el Ministerio de Educación y Formación
Profesional.
c) Configurar la oferta formativa del aula seleccionando los cursos que, recogidos
en el catálogo oficial de Aula Mentor (www.aulamentor.es), den respuesta a las
necesidades formativas de la población donde se ubica el aula.
d) Dar cumplimiento a las tareas de gestión relacionadas con la compensación
económica de los tutores, en los términos previstos en el acuerdo de colaboración que el
Ministerio de Educación y Formación Profesional establece con cada uno de ellos.
cve: BOE-A-2022-18975
Verificable en https://www.boe.es
Por parte del Ayuntamiento de Urrea de Gaén:
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156785
reconocida por sus características de educación no formal a distancia como una de
las 14 buenas prácticas en el inventario de la Unión Europea.
VIII. Que el derecho a la educación de los ciudadanos y el deber de los poderes
públicos de fomentar el acceso a la cultura y al aprendizaje permanente, hace necesario
establecer convenios que permitan cumplir con las competencias propias de la
Administración General del Estado y de las Entidades Locales, favoreciendo el impulso y
desarrollo de las competencias personales y profesionales a través de las tecnologías de
la información y la comunicación, y combinando adecuadamente los aspectos
educativos, culturales y de promoción del uso eficiente y sostenible de las tecnologías.
IX. Que, habida cuenta de sus intereses, tanto el Ayuntamiento de Urrea de Gaén
como el Ministerio de Educación y Formación Profesional están de acuerdo en
establecer un convenio que posibilite la continua cooperación entre las dos instituciones
en favor de la enseñanza a distancia para personas adultas a través del programa Aula
Mentor.
En consecuencia, ambas Partes formalizan el presente documento de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Constituye el objeto del presente convenio establecer los términos y condiciones
generales que regularán la colaboración entre el Ayuntamiento de Urrea de Gaén, y el
Ministerio de Educación y Formación Profesional en lo referido a la formación no reglada
de personas adultas a través de Internet con el desarrollo de la iniciativa de formación
abierta denominada «Aula Mentor» poniendo al alcance de los ciudadanos materiales de
formación con asistencia tutorial telemática.
Segunda.
Compromisos de las partes.
En virtud de este convenio marco, los firmantes adquieren los siguientes
compromisos:
a) Proporcionar las instalaciones físicas y equipamiento tecnológico al servicio de la
realización de los cursos constitutivos del objeto del presente convenio, en las
instalaciones ubicadas en Pza. Iglesia, 3, haciéndose cargo de su mantenimiento,
disponibilidad de conexión a Internet y operatividad en apoyo al funcionamiento ordinario
del Aula Mentor. Estas instalaciones podrán ser utilizadas para otras acciones
promovidas por el Ayuntamiento de Urrea de Gaén con objeto de hacer un uso eficiente
de las mismas.
b) Designar a un responsable o administrador de Aula Mentor, que deberá
garantizar la funcionalidad del aula, la asistencia al alumnado en las comunicaciones
telemáticas requeridas para la realización de los cursos, así como la orientación y la
información necesarias en apoyo a los procesos de matriculación, gestión del curso y
organización de las pruebas de evaluación presencial. La persona contratada en ningún
caso mantendrá vinculación laboral con el Ministerio de Educación y Formación
Profesional.
c) Configurar la oferta formativa del aula seleccionando los cursos que, recogidos
en el catálogo oficial de Aula Mentor (www.aulamentor.es), den respuesta a las
necesidades formativas de la población donde se ubica el aula.
d) Dar cumplimiento a las tareas de gestión relacionadas con la compensación
económica de los tutores, en los términos previstos en el acuerdo de colaboración que el
Ministerio de Educación y Formación Profesional establece con cada uno de ellos.
cve: BOE-A-2022-18975
Verificable en https://www.boe.es
Por parte del Ayuntamiento de Urrea de Gaén: