V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2022-35861)
Extracto de la Orden de 10 de noviembre de 2022, por la que se convocan anticipadamente, para el año 2023, las ayudas destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de ámbito supraautonómico
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Jueves 17 de noviembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 55242

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

35861

Extracto de la Orde n de 10 de novie mbre de 2022, por la que se
convocan anticipadamente, para el año 2023, las ayudas destinadas al
fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de
ámbito supraautonómico

BDNS(Identif.):659089
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
659089)
Primero. Convocatoria
Se convocan anticipadamente, en régimen de concurrencia competitiva, las
subvenciones para 2023, destinadas al fomento de la integración de entidades
asociativas agroalimentarias de ámbito supraautonómico, en las condiciones,
características y finalidad previstas en el Real Decreto 1009/2015, de 6 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas al fomento de la integración de entidades asociativas
agroalimentarias de ámbito supraautonómico, publicado en el Boletín Oficial del
Estado número 267, de 7 de noviembre de 2015, modificado por el Real Decreto
26/2018, de 26 de enero, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 24, de
27 de enero de 2018, y por el Real Decreto 1056/2021, de 30 de noviembre
publicado en el Boletín Oficial del Estado número 287, de 1 de diciembre de 2021
(https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-19800).
Dichas subvenciones se destinarán únicamente a las actuaciones realizadas
en el período comprendido entre el primero de enero de 2023 y el plazo
establecido para la justificación de las mismas.
Segundo. Beneficiarios
Podrán acceder a estas ayudas las entidades previstas en el artículo 3 de las
bases reguladoras de estas subvenciones orientadas a las finalidades previstas en
el artículo 1 de las mismas y que cumplan los requisitos y compromisos
establecidos en el artículo 3 del referido Real Decreto 1009/2015, de 6 de
noviembre.

El plazo de presentación de la solicitud será de veinticinco días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto. Financiación de las ayudas
Las subvenciones destinadas al fomento de la integración de entidades
asociativas agroalimentarias de ámbito supra-autonómico, serán financiadas con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.771, con un importe disponible de
420.000,00 euros para el año 2023.

cve: BOE-B-2022-35861
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes