II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-18850)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275
Miércoles 16 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 156324
Universidad de Málaga, con validez en todo el territorio nacional y que esté vigente en la
fecha de publicación de la convocatoria de la plaza en el BOE.
d) Proyecto investigador, por sextuplicado, que pretenda desarrollar el candidato o
candidata, conforme a la actividad investigadora que conste en la convocatoria de la
plaza.
9.2 Tras la presentación de la documentación reseñada en el punto anterior, el
Secretario o Secretaria de la Comisión de Selección, en sesión pública, determinará por
sorteo el orden de actuación de los candidatos. Posteriormente, se fijarán el lugar, la
fecha y la hora del comienzo de la prueba, haciéndose públicos en el mismo lugar en
que haya celebrado el acto de presentación. Igualmente se establecerán el lugar y el
plazo durante el cual los aspirantes podrán examinar la documentación presentada por
los demás concursantes antes del comienzo de las pruebas.
9.3 La prueba comenzará en el plazo máximo de diez días naturales desde el acto
de presentación de los concursantes.
10.
De la prueba
11.
De la resolución del concurso y de la propuesta de adjudicación
11.1 Concluido el procedimiento selectivo, el secretario o secretaria de la Comisión
de Selección, en el plazo máximo de siete días hábiles, entregará en el Servicio de
Personal Docente e Investigador la documentación relativa al concurso, que contendrá:
a)
b)
Acta de constitución.
Acta de elaboración de los criterios de evaluación.
cve: BOE-A-2022-18850
Verificable en https://www.boe.es
10.1 El concurso de acceso a plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad
constará de una prueba única en la que el candidato o candidata expondrá oralmente
durante un tiempo máximo de noventa minutos su curriculum vitae y su proyecto
investigador. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante durante un máximo
de ciento veinte minutos sobre el proyecto docente, el proyecto investigador y el
curriculum vitae.
10.2 Finalizada la prueba, cada uno de los miembros de la Comisión de Selección
deberá emitir informe razonado del sentido de su voto para la adjudicación de la plaza,
ajustado a los criterios generales establecidos por la Universidad y concretados por la
Comisión de Selección, en el que valorará el historial académico, docente e investigador,
y los proyectos docente e investigador presentados, así como las capacidades del
candidato o candidata para la exposición y debate ante la Comisión demostradas
durante la prueba. A la vista de dichos informes se procederá a realizar una valoración
mediante votación en la que no será posible la abstención.
10.3 No podrá proponerse un número de concursantes superior al de las plazas
convocadas, debiendo contar el concursante propuesto con al menos tres votos favorables.
10.4 La Comisión de Selección propondrá la adjudicación de la plaza a favor del
concursante que haya obtenido el mayor número de votos favorables, lo que constituirá
su fundamento de motivación. En el caso de que dos o más concursantes obtengan el
mismo número de votos favorables la Comisión establecerá la prelación de dichos
candidatos mediante una segunda votación en el que cada miembro votará de manera
excluyente por un solo candidato entre aquellos que hubieran empatado inicialmente. El
presidente dirimirá con su voto los empates.
10.5 Los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza objeto de
concurso cuando ningún concursante obtuviese, al menos, tres votos favorables.
10.6 La Comisión de Selección dispondrá de dos días naturales contados a partir
de la finalización del concurso para realizar la propuesta del/los candidato/os o
candidata/as para la provisión de las plazas, haciendo público, en el mismo lugar de
celebración de las pruebas, los resultados de la evaluación de cada aspirante.
Núm. 275
Miércoles 16 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 156324
Universidad de Málaga, con validez en todo el territorio nacional y que esté vigente en la
fecha de publicación de la convocatoria de la plaza en el BOE.
d) Proyecto investigador, por sextuplicado, que pretenda desarrollar el candidato o
candidata, conforme a la actividad investigadora que conste en la convocatoria de la
plaza.
9.2 Tras la presentación de la documentación reseñada en el punto anterior, el
Secretario o Secretaria de la Comisión de Selección, en sesión pública, determinará por
sorteo el orden de actuación de los candidatos. Posteriormente, se fijarán el lugar, la
fecha y la hora del comienzo de la prueba, haciéndose públicos en el mismo lugar en
que haya celebrado el acto de presentación. Igualmente se establecerán el lugar y el
plazo durante el cual los aspirantes podrán examinar la documentación presentada por
los demás concursantes antes del comienzo de las pruebas.
9.3 La prueba comenzará en el plazo máximo de diez días naturales desde el acto
de presentación de los concursantes.
10.
De la prueba
11.
De la resolución del concurso y de la propuesta de adjudicación
11.1 Concluido el procedimiento selectivo, el secretario o secretaria de la Comisión
de Selección, en el plazo máximo de siete días hábiles, entregará en el Servicio de
Personal Docente e Investigador la documentación relativa al concurso, que contendrá:
a)
b)
Acta de constitución.
Acta de elaboración de los criterios de evaluación.
cve: BOE-A-2022-18850
Verificable en https://www.boe.es
10.1 El concurso de acceso a plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad
constará de una prueba única en la que el candidato o candidata expondrá oralmente
durante un tiempo máximo de noventa minutos su curriculum vitae y su proyecto
investigador. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante durante un máximo
de ciento veinte minutos sobre el proyecto docente, el proyecto investigador y el
curriculum vitae.
10.2 Finalizada la prueba, cada uno de los miembros de la Comisión de Selección
deberá emitir informe razonado del sentido de su voto para la adjudicación de la plaza,
ajustado a los criterios generales establecidos por la Universidad y concretados por la
Comisión de Selección, en el que valorará el historial académico, docente e investigador,
y los proyectos docente e investigador presentados, así como las capacidades del
candidato o candidata para la exposición y debate ante la Comisión demostradas
durante la prueba. A la vista de dichos informes se procederá a realizar una valoración
mediante votación en la que no será posible la abstención.
10.3 No podrá proponerse un número de concursantes superior al de las plazas
convocadas, debiendo contar el concursante propuesto con al menos tres votos favorables.
10.4 La Comisión de Selección propondrá la adjudicación de la plaza a favor del
concursante que haya obtenido el mayor número de votos favorables, lo que constituirá
su fundamento de motivación. En el caso de que dos o más concursantes obtengan el
mismo número de votos favorables la Comisión establecerá la prelación de dichos
candidatos mediante una segunda votación en el que cada miembro votará de manera
excluyente por un solo candidato entre aquellos que hubieran empatado inicialmente. El
presidente dirimirá con su voto los empates.
10.5 Los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza objeto de
concurso cuando ningún concursante obtuviese, al menos, tres votos favorables.
10.6 La Comisión de Selección dispondrá de dos días naturales contados a partir
de la finalización del concurso para realizar la propuesta del/los candidato/os o
candidata/as para la provisión de las plazas, haciendo público, en el mismo lugar de
celebración de las pruebas, los resultados de la evaluación de cada aspirante.