II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2022-18838)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 156272

f) Las certificaciones para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en
situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo,
serán expedidas por la Dirección General de la Función Pública, para funcionarios y
funcionarias pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio de
Administraciones Públicas. En el caso de funcionarios o funcionarias pertenecientes a
los restantes Cuerpos o Escalas adscritos a otros departamentos, tales certificaciones
serán expedidas por la unidad de personal del Ministerio u Organismos donde tuvieron
su último destino definitivo
3. Cada funcionario o funcionaria presentará una única solicitud en el modelo
Anexo II, siempre que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
se reúnan los requisitos y condiciones que en estas bases se establecen. Si durante el
plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia, solo se
atenderá a la presentada en último lugar y quedarán anuladas las anteriores
4. Los funcionarios y funcionarias participantes con discapacidad podrán pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes (artículo 10 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre). A la solicitud se deberá acompañar un informe
expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la
adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el
puesto o los puestos solicitados. En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño
de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las
adaptaciones que se puedan realizar en él.
5. Cuando dos funcionarios o funcionarias estén interesados en obtener puestos de
trabajo en un mismo municipio, podrán condicionar en la solicitud sus peticiones, por
razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos los obtengan, entendiéndose, en
caso contrario, anulada la petición efectuada por cada uno de ellos. Deberán acompañar
a su solicitud una fotocopia de la petición del otro funcionario o funcionaria.
6. Los funcionarios o funcionarias procedentes de la situación de suspensión firme
de funciones deberán acompañar a su solicitud documentación acreditativa de haber
finalizado el período de suspensión.
7. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y para la
posesión y valoración de los méritos que se aleguen, será el día en que finalice el plazo
de presentación de instancias.
8. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes e irrenunciables para el peticionario o peticionaria, sin
perjuicio de lo establecido en el apartado 3 de la base novena. La renuncia del
adjudicatario a un puesto supondrá la adjudicación al siguiente de mayor puntuación.
Cuarta.

Baremo.

1. La valoración de los méritos para la adjudicación de plazas se efectuará de
acuerdo con el siguiente baremo:
Fase primera:
La valoración máxima de esta primera fase no podrá ser superior a dieciocho puntos.
Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado se valorará en sentido positivo en función de su
posición en el intervalo correspondiente y en relación con el nivel de los puestos de
trabajo ofrecidos hasta un máximo de 3 puntos de la siguiente forma:
– Por un grado personal superior al del nivel del puesto al que se concursa: tres
puntos.
– Por un grado personal igual al del nivel del puesto al que se concursa: dos puntos.
– Por un grado personal inferior al del nivel del puesto al que se concursa: un punto.

cve: BOE-A-2022-18838
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