I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18813)
Real Decreto 921/2022, de 31 de octubre, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Auditoría energética y se fijan los aspectos básicos del currículo.
26 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 156013

ANEXO III B)
Titulaciones habilitantes a efectos de docencia
Cuerpo

Especialidad del profesorado

· Organización y Proyectos Sistemas
Energéticos

·
·
·
·
·
·
·
·

· Sistemas electrotécnicos y
automáticos

· Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación.
· Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas.
· Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electricidad, especialidad
en Electrónica Industrial.
· Ingeniero Técnico de Telecomunicación, en todas sus especialidades.
· Diplomado en Radioelectrónica Naval.

· Construcciones Civiles y Edificación.

·
·
·
·

· Catedráticos de Enseñanza
Secundaria.
· Profesores de Enseñanza
Secundaria.

Titulaciones

Ingeniero Técnico Industrial, en todas sus especialidades.
Ingeniero Técnico Aeronáutico, en todas sus especialidades.
Ingeniero Técnico en Obras Públicas, en todas sus especialidades.
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, en todas sus especialidades.
Ingeniero Técnico Naval, en todas sus especialidades.
Ingeniero Técnico Agrícola, en todas sus especialidades.
Ingeniero Técnico de Minas, en todas sus especialidades.
Diplomado en Máquinas Navales.

Arquitecto Técnico.
Ingeniero Técnico Industrial, en todas sus especialidades.
Ingeniero Técnico de Obras Públicas, en todas sus especialidades.
Ingeniero Técnico en Topografía.

ANEXO III C)

Módulos Profesionales

Titulaciones

5105 Procesos de una auditoría energética
5106 Toma de datos y mediciones de
consumos energéticos
5107 Análisis de la situación energética de
edificios e instalaciones.
5108 Evaluación de la mejora energética de
edificios e instalaciones

· Título de Grado universitario o titulación
equivalente, además de la formación pedagógica y
didáctica de nivel de Postgrado recogida en Real
Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que
se definen las condiciones de formación para el
ejercicio de la docencia en la educación
secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación
profesional y las enseñanzas de régimen especial
y se establecen las especialidades de los cuerpos
docentes de enseñanza secundaria.

cve: BOE-A-2022-18813
Verificable en https://www.boe.es

Titulaciones requeridas para impartir los módulos profesionales que
conforman el curso de especialización para los centros de titularidad
privada, de otras administraciones distintas a la educativa y orientaciones
para la administración educativa