III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-18798)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la Información, Telecomunicaciones y Contenidos Digitales, para la organización de varias misiones inversas de compradores, prescriptores de opinión y autoridades del sector de la industria digital aplicada a la agricultura a celebrar en 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Martes 15 de noviembre de 2022

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El gasto se realizará en un primer momento por el Colaborador Sectorial con
respecto de las obligaciones que la misma asume conforme a lo dispuesto en la cláusula
segunda. ICEX llevará a cabo una revisión de los gastos financiados con su aportación
de acuerdo con los procedimientos que tiene establecidos para ello, para lo que el
Colaborador Sectorial deberá presentar los justificantes originales de los gastos
generados en la realización de las Misiones Inversas y de su pago. Posteriormente,
ICEX abonará el gasto realizado por el Colaborador Sectorial de conformidad con los
porcentajes indicados en la cláusula tercera anterior en el plazo de treinta (30) días
naturales, con el máximo previsto en la citada cláusula.
La revisión de los gastos financiados con la aportación de ICEX se realizará por
firmas auditoras contratadas por ICEX, para lo que el Colaborador Sectorial deberá
presentar los justificantes originales de los gastos generados en la realización de las
actividades para la ejecución de las Misiones Inversas.
Quinta.

Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento y evaluación de las Misiones Inversas relacionadas con el
presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)
representantes designados por el Colaborador Sectorial y otros dos (2) designados por
ICEX (en lo sucesivo, la Comisión de Seguimiento).
Por parte del Colaborador Sectorial formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la Dirección General; y
– La persona titular del departamento Internacionalización.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la dirección de Infraestructuras, Sanidad y TIC; y
– La persona titular del área de Ciudades Inteligentes.
La comisión tendrá asignadas las funciones de:

La comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las partes,
convocándose con una antelación mínima de cinco (5) días naturales. Los acuerdos de
la comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros, y de sus reuniones se
levantará la correspondiente acta, firmada por el secretario y con el visto bueno del
presidente, correspondiendo a cada una de las partes, de forma alterna en cada una de
las sesiones que se celebren, ocupar el puesto de presidente y de secretario. ICEX será
quien inicie la Presidencia de la Comisión. Como miembros de pleno derecho de la
comisión, tanto el presidente, como el secretario, actuarán con voz y voto.
Los miembros de la comisión podrán requerir la asistencia de cualquier persona, con
voz, pero sin voto, que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para
un mejor desarrollo del objeto del presente convenio.
Para todo lo no expresamente regulado en esta cláusula se estará a lo dispuesto a
las normas sobre el funcionamiento de los órganos colegiados previstos en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2022-18798
Verificable en https://www.boe.es

– Interpretar el convenio;
– Seguimiento, vigilancia y coordinación de las actuaciones que en virtud del mismo
se desarrollen;
– Resolver las incidencias que puedan derivarse de su ejecución;
– Aprobación del presupuesto y valoración de los gastos realizados dentro de las
Misiones Inversas realizadas por las partes al amparo del presente convenio;
– Aprobación de las memorias económicas y técnicas de las Misiones Inversas; y
– Cuantas otras se le asignen en el clausulado del presente convenio.