III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-18802)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Colunga, para el desarrollo de actuaciones de conservación y mantenimiento de cauces de dominio público hidráulico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Martes 15 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
18802

Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del
Cantábrico, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de
Colunga, para el desarrollo de actuaciones de conservación y mantenimiento
de cauces de dominio público hidráulico.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. y el
Ayuntamiento de Colunga (Asturias) para el desarrollo de actuaciones de conservación y
mantenimiento de cauces de dominio público hidráulico en ese término municipal, que
figura como anexo a la presente resolución.
Oviedo, 3 de noviembre de 2022.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Cantábrico, O.A., Manuel Gutiérrez García.
ANEXO
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. y el
Ayuntamiento de Colunga (Asturias) para el desarrollo de actuaciones de
conservación y mantenimiento de cauces de dominio público hidráulico en ese
término municipal
En Colunga, a 3 de noviembre de 2022.

De una parte, don Manuel Gutiérrez García, Presidente de la Confederación
Hidrográfica del Cantábrico, O.A. Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de 2 de abril
de 2019 de la Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica (BOE de 12 de
abril), por la que se resuelve la convocatoria de libre designación de 6 de febrero
de 2019, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 30 del
texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20
de julio, en relación con las funciones y atribuciones que otorgan a los organismos de
cuenca los artículos 21 y 23 del citado texto legal.
De otra parte, doña Alejandra Cuesta Fanjul, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento
de Colunga, nombrado en el Pleno de Constitución de fecha 15 de junio de 2019, en
ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local.
Los comparecientes se reconocen mutuamente con capacidad legal suficiente para
la firma del presente convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
I. La Constitución Española reconoce en su artículo 45, como principio rector de la
política social y económica, el derecho de disfrutar de un medio ambiente adecuado para
el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo y la obligación de los

cve: BOE-A-2022-18802
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