III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-18686)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se corrigen errores en la de 24 de junio de 2022, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el artículo 8 del Real Decreto-ley 10/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por la borrasca "Filomena".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273
Lunes 14 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 155363
En el anexo I, relación de proyectos financiados, donde dice:
«Núm. proyecto
Entidad ejecutora
Importe del proyecto solicitado
–
Euros
Importe subvención asignada
–
Euros
Observaciones
Diputación Provincial de Toledo
(…)
546
Ayuntamiento de Cabañas de la Sagra.
33.880,24
10.130,45
1
24.167.289,31
12.017.368,63
»
Importe del proyecto solicitado
–
Euros
Importe subvención asignada
–
Euros
Observaciones
(…)
Total Diputación Provincial de Toledo.
debe decir:
«Núm. proyecto
Entidad ejecutora
Diputación Provincial de Toledo
(…)
546
Ayuntamiento de Cabañas de la Sagra.
33.880,24
11.625,68
1
24.167.289,31
12.018.863,86
»
(…)
Total Diputación Provincial de Toledo.
En el anexo I, relación de proyectos financiados, donde dice:
«Total Castilla-La Mancha.
89.746.418,60 €
44.708.074,31 €»
89.976.526,56 €
44.824.623,52 €»
debe decir:
«Total Castilla-La Mancha.
Por último, en el anexo II, relación de solicitudes desestimadas, queda suprimida la
referencia al siguiente proyecto:
«1881
Ayuntamiento de Iniesta.
1»
Contra ella se podrá formular, ante la titular del Ministerio de Política Territorial,
potestativamente y con carácter previo a la interposición de recurso
contencioso-administrativo, requerimiento para su anulación o revocación, en los
términos previstos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado». Dicho requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su
recepción, la Secretaría General Técnica del Departamento no lo contestara.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a) y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se
cve: BOE-A-2022-18686
Verificable en https://www.boe.es
Para los proyectos afectados, el plazo al que se refiere el artículo 12 de la Orden
HAP/196/2015, de 21 de enero, se computará a partir de la publicación de la presente
resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta resolución pone fin a la vía administrativa.
Núm. 273
Lunes 14 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 155363
En el anexo I, relación de proyectos financiados, donde dice:
«Núm. proyecto
Entidad ejecutora
Importe del proyecto solicitado
–
Euros
Importe subvención asignada
–
Euros
Observaciones
Diputación Provincial de Toledo
(…)
546
Ayuntamiento de Cabañas de la Sagra.
33.880,24
10.130,45
1
24.167.289,31
12.017.368,63
»
Importe del proyecto solicitado
–
Euros
Importe subvención asignada
–
Euros
Observaciones
(…)
Total Diputación Provincial de Toledo.
debe decir:
«Núm. proyecto
Entidad ejecutora
Diputación Provincial de Toledo
(…)
546
Ayuntamiento de Cabañas de la Sagra.
33.880,24
11.625,68
1
24.167.289,31
12.018.863,86
»
(…)
Total Diputación Provincial de Toledo.
En el anexo I, relación de proyectos financiados, donde dice:
«Total Castilla-La Mancha.
89.746.418,60 €
44.708.074,31 €»
89.976.526,56 €
44.824.623,52 €»
debe decir:
«Total Castilla-La Mancha.
Por último, en el anexo II, relación de solicitudes desestimadas, queda suprimida la
referencia al siguiente proyecto:
«1881
Ayuntamiento de Iniesta.
1»
Contra ella se podrá formular, ante la titular del Ministerio de Política Territorial,
potestativamente y con carácter previo a la interposición de recurso
contencioso-administrativo, requerimiento para su anulación o revocación, en los
términos previstos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado». Dicho requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su
recepción, la Secretaría General Técnica del Departamento no lo contestara.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a) y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se
cve: BOE-A-2022-18686
Verificable en https://www.boe.es
Para los proyectos afectados, el plazo al que se refiere el artículo 12 de la Orden
HAP/196/2015, de 21 de enero, se computará a partir de la publicación de la presente
resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta resolución pone fin a la vía administrativa.