II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-18492)
Orden HFP/1077/2022, de 7 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153878
La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de las
personas aspirantes en la relación de aprobados, a que se refiere la base 14.1 de esta
convocatoria, vendrá determinada conforme a lo previsto en el párrafo anterior.
I.3
Curso selectivo
1. El curso selectivo estará organizado y realizado por el Instituto Nacional de
Administración Pública.
2. Las personas aspirantes admitidas al curso selectivo serán nombradas, por el
órgano convocante, funcionarias y funcionarios en prácticas durante el tiempo que estén
en el curso y con determinación de la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento. En caso de no poder realizar el curso selectivo o período de prácticas por
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, los
aspirantes podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar
correspondiente a la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos o
periodos de prácticas en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, debiendo
el aspirante optar por realizar un curso selectivo u otro.
3. El curso tendrá como finalidad proporcionar a las funcionarias y funcionarios en
prácticas la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos y,
especialmente, de habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones
que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.
4. El contenido, calendario y lugares de su realización, así como las demás normas
que hayan de regularlo, serán establecidas oportunamente por la Dirección del Instituto
Nacional de Administración Pública.
5. El carácter selectivo del curso exigirá la asistencia a las clases y actividades que
se impartan en su desarrollo y la superación por las personas aspirantes de pruebas
teóricas y prácticas sobre conocimientos y competencias de las materias impartidas y
requeridas para sus puestos de trabajo.
El curso selectivo incluirá un módulo en materia de igualdad género y un módulo en
materia de violencia de género.
El curso selectivo se calificará de 0 a 36 puntos, y será necesario para superarlo
obtener, como mínimo, 18 puntos. La calificación del curso selectivo se efectuará con
tres decimales.
De la evaluación del curso selectivo será responsable el Instituto Nacional de
Administración Pública.
6. Las funcionarias y funcionarios en prácticas que no superasen el curso selectivo,
de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria y
desarrollado en sus normas regulatorias, perderán el derecho a su nombramiento como
personal funcionario de carrera, mediante una resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
7. Finalizado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la situación
de funcionarias y funcionarios en prácticas hasta la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado», de los nombramientos como funcionaria y funcionario de carrera de la
Administración local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de
Intervención-Tesorería, categoría de entrada. Las personas aspirantes continuarán
realizando las prácticas en las entidades locales asignadas hasta que se produzca dicho
nombramiento. Las funcionarias y funcionarios en prácticas que accedan por ingreso
libre que perciban las retribuciones del puesto de origen, regresarán a su puesto de
origen a prestar servicios hasta la publicación de los nombramientos. De no ser este el
caso, continuarán realizando las prácticas en las entidades locales asignadas hasta que
se produzca dicho nombramiento.
cve: BOE-A-2022-18492
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153878
La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de las
personas aspirantes en la relación de aprobados, a que se refiere la base 14.1 de esta
convocatoria, vendrá determinada conforme a lo previsto en el párrafo anterior.
I.3
Curso selectivo
1. El curso selectivo estará organizado y realizado por el Instituto Nacional de
Administración Pública.
2. Las personas aspirantes admitidas al curso selectivo serán nombradas, por el
órgano convocante, funcionarias y funcionarios en prácticas durante el tiempo que estén
en el curso y con determinación de la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento. En caso de no poder realizar el curso selectivo o período de prácticas por
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, los
aspirantes podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar
correspondiente a la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos o
periodos de prácticas en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, debiendo
el aspirante optar por realizar un curso selectivo u otro.
3. El curso tendrá como finalidad proporcionar a las funcionarias y funcionarios en
prácticas la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos y,
especialmente, de habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones
que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.
4. El contenido, calendario y lugares de su realización, así como las demás normas
que hayan de regularlo, serán establecidas oportunamente por la Dirección del Instituto
Nacional de Administración Pública.
5. El carácter selectivo del curso exigirá la asistencia a las clases y actividades que
se impartan en su desarrollo y la superación por las personas aspirantes de pruebas
teóricas y prácticas sobre conocimientos y competencias de las materias impartidas y
requeridas para sus puestos de trabajo.
El curso selectivo incluirá un módulo en materia de igualdad género y un módulo en
materia de violencia de género.
El curso selectivo se calificará de 0 a 36 puntos, y será necesario para superarlo
obtener, como mínimo, 18 puntos. La calificación del curso selectivo se efectuará con
tres decimales.
De la evaluación del curso selectivo será responsable el Instituto Nacional de
Administración Pública.
6. Las funcionarias y funcionarios en prácticas que no superasen el curso selectivo,
de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria y
desarrollado en sus normas regulatorias, perderán el derecho a su nombramiento como
personal funcionario de carrera, mediante una resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
7. Finalizado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la situación
de funcionarias y funcionarios en prácticas hasta la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado», de los nombramientos como funcionaria y funcionario de carrera de la
Administración local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de
Intervención-Tesorería, categoría de entrada. Las personas aspirantes continuarán
realizando las prácticas en las entidades locales asignadas hasta que se produzca dicho
nombramiento. Las funcionarias y funcionarios en prácticas que accedan por ingreso
libre que perciban las retribuciones del puesto de origen, regresarán a su puesto de
origen a prestar servicios hasta la publicación de los nombramientos. De no ser este el
caso, continuarán realizando las prácticas en las entidades locales asignadas hasta que
se produzca dicho nombramiento.
cve: BOE-A-2022-18492
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 271