II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-18488)
Orden HFP/1073/2022, de 4 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, a la subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271

Viernes 11 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 153782

personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida.
5.7 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos dispuesto
en esta convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la Subescala de Secretaría,
categoría de entrada, de la Escala de funcionarios de Administración local con
habilitación de carácter nacional.
5.8 Los aspirantes que concurran simultáneamente a las pruebas selectivas para el
acceso a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, por el sistema de acceso
libre y por el sistema de promoción interna, y que resulten publicados en la relación de
aspirantes aprobados en una de las dos pruebas selectivas, quedarán automáticamente
excluidos del otro proceso selectivo, por lo que no podrán resultar aprobados en ambos
sistemas.
6.

Requisitos de las personas aspirantes

1.º Nacionalidad: Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el
anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre el acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
2.º Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que se deriven del puesto por desempeñar.
3.º Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad
máxima de jubilación forzosa.
4.º Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a la Escala de funcionarios Administración local con habilitación de
carácter nacional.
5.º Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o
en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas
clasificados en el subgrupo A1.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a aquellas personas aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
6.º Pertenecer a la Subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de
funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.
7.º Tener dos años de servicio activo en la Subescala de Secretaría-Intervención,
de conformidad con el artículo 21 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que
se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación
de carácter nacional.
6.2 Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo
hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

cve: BOE-A-2022-18488
Verificable en https://www.boe.es

6.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, las personas
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: