II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18437)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la categoría de Técnico Superior (Subgrupo A1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 153387

– Máster universitario oficial; siempre y cuando este Máster no sea el Máster
habilitante para el ejercicio de la profesión regulada, requerido en la convocatoria con 2
puntos.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Licenciatura, Arquitectura o
Ingeniería, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 1 punto.
Para el grupo A, subgrupo A2: El requisito de acceso será el de Grado Universitario,
Diplomatura, Arquitectura Técnica o Ingeniería Técnica, y este apartado se puntuará:
– Doctorado con 4 puntos.
– Máster universitario oficial con 2 puntos.
– Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, distinta de la empleada para el acceso
con 1 punto.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Diplomatura, Arquitectura Técnica
o Ingeniería Técnica, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 0,50 puntos.
Para el grupo B: El requisito de acceso será el de Ciclo Formativo de Grado Superior,
y este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de ciclo formativo de grado superior, adicional y distinta a
la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el grupo C, subgrupo C1: El requisito de acceso será el de Bachillerato o Ciclo
Formativo de Grado Medio, y este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de bachillerato o ciclo formativo de grado medio, adicional
y distinta a la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el grupo C, subgrupo C2: El requisito de acceso será el de Educación
Secundaria Obligatoria, y este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
3.

Conocimiento de valenciano

Se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siempre que se acredite estar en posesión
del pertinente certificado de competencias expedido bien por la Junta Qualificadora de
Coneixements del Valencià o bien expedido por el Servei de Normalització Lingüística de
la Universitat Politècnica de València o bien estar en posesión de aquellos certificados
que constan en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de
Educación, Investigación, Cultura y Deporte, con arreglo a la escala que a continuación
se indica:
Nivel

Puntuación

C2

4,0

C1

3,2

B2

2,4

B1

1,6

A2

0,8

En caso de estar en posesión de certificados de dos o más niveles, se valorará
únicamente el certificado de mayor nivel: En aquellos supuestos en que figure como
requisito específico para su acceso un determinado nivel de conocimiento de valenciano
únicamente serán considerados los certificados de un nivel superior a este.
http://www.upv.es/entidades/SPNL/info/criterisequivalencies2019.pdf

cve: BOE-A-2022-18437
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Núm. 270