II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18438)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Universitat de València, por la que se convoca proceso selectivo de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Superior de Gestión de la Investigación (Subgrupo A1).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153397
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si alguna persona seleccionada
fuera nacional de otro Estado comunitario, deberá presentar una declaración de no
encontrarse sometida a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que le impida el
acceso a la función pública en su Estado.
7.2.6 Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto, el
reconocimiento se realizará a través de los servicios médicos concertados por la
Universitat de València.
7.2.7 Si alguna persona seleccionada tiene alguna discapacidad, deberá aportar un
certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la capacidad para
llevar a cabo las tareas que correspondan al puesto de trabajo objeto de esta
convocatoria.
7.2.8 Si alguna persona seleccionada ha disfrutado de una exención o bonificación
de las tasas deberá presentar fotocopia cotejada con el original de la documentación que
justifique el motivo de esta.
7.3 Si alguna de las personas seleccionadas no presenta la documentación dentro
del plazo indicado (excepto en el caso de fuerza mayor) o si hay falsedad en los
documentos presentados, esto comportará la invalidez de las actuaciones de esta
persona y la nulidad subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección respecto
de ella, sin perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir.
7.4 No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a
exigir una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por
el tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarden relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.
Octava. Nombramiento de funcionarios o funcionarias.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación especificada en
la base séptima de esta convocatoria, y después de haberse verificado el cumplimiento
de los requisitos exigidos, la Rectora dictará una resolución, que se publicará en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV), mediante la cual las personas
seleccionadas que hayan superado este proceso selectivo serán nombradas funcionarios
o funcionarias de carrera.
Novena.
Bolsa de trabajo.
Décima.
Órgano técnico de selección.
10.1 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el órgano técnico
de selección velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
La composición del órgano técnico de selección de este proceso se ajustará a lo
dispuesto en la sección quinta del Reglamento de selección del personal de
administración y servicios de la Universitat de València aprobado por Acuerdo del
cve: BOE-A-2022-18438
Verificable en https://www.boe.es
Tras la toma de posesión como funcionario/a de carrera, de las personas aspirantes
que hayan superado el proceso selectivo, las personas aspirantes que no lo hayan
superado, cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, y hayan alcanzado
una puntuación mínima de 20 puntos, serán incluidos al final de la bolsa de trabajo de la
correspondiente escala que se encuentre vigente.
También se incluirán en la bolsa de trabajo, las personas que hayan formado parte
del proceso de estabilización de la Universitat de València, y no hayan obtenido un
puesto de funcionario o funcionaria de carrera.
Si alguna persona ya estaba incluida en la bolsa en una posición superior, se
quedará en la posición que le resulte más beneficiosa.
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153397
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si alguna persona seleccionada
fuera nacional de otro Estado comunitario, deberá presentar una declaración de no
encontrarse sometida a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que le impida el
acceso a la función pública en su Estado.
7.2.6 Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto, el
reconocimiento se realizará a través de los servicios médicos concertados por la
Universitat de València.
7.2.7 Si alguna persona seleccionada tiene alguna discapacidad, deberá aportar un
certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la capacidad para
llevar a cabo las tareas que correspondan al puesto de trabajo objeto de esta
convocatoria.
7.2.8 Si alguna persona seleccionada ha disfrutado de una exención o bonificación
de las tasas deberá presentar fotocopia cotejada con el original de la documentación que
justifique el motivo de esta.
7.3 Si alguna de las personas seleccionadas no presenta la documentación dentro
del plazo indicado (excepto en el caso de fuerza mayor) o si hay falsedad en los
documentos presentados, esto comportará la invalidez de las actuaciones de esta
persona y la nulidad subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección respecto
de ella, sin perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir.
7.4 No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a
exigir una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por
el tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarden relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.
Octava. Nombramiento de funcionarios o funcionarias.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación especificada en
la base séptima de esta convocatoria, y después de haberse verificado el cumplimiento
de los requisitos exigidos, la Rectora dictará una resolución, que se publicará en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV), mediante la cual las personas
seleccionadas que hayan superado este proceso selectivo serán nombradas funcionarios
o funcionarias de carrera.
Novena.
Bolsa de trabajo.
Décima.
Órgano técnico de selección.
10.1 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el órgano técnico
de selección velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
La composición del órgano técnico de selección de este proceso se ajustará a lo
dispuesto en la sección quinta del Reglamento de selección del personal de
administración y servicios de la Universitat de València aprobado por Acuerdo del
cve: BOE-A-2022-18438
Verificable en https://www.boe.es
Tras la toma de posesión como funcionario/a de carrera, de las personas aspirantes
que hayan superado el proceso selectivo, las personas aspirantes que no lo hayan
superado, cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, y hayan alcanzado
una puntuación mínima de 20 puntos, serán incluidos al final de la bolsa de trabajo de la
correspondiente escala que se encuentre vigente.
También se incluirán en la bolsa de trabajo, las personas que hayan formado parte
del proceso de estabilización de la Universitat de València, y no hayan obtenido un
puesto de funcionario o funcionaria de carrera.
Si alguna persona ya estaba incluida en la bolsa en una posición superior, se
quedará en la posición que le resulte más beneficiosa.