III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2022-18446)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Nacional de Transportes de 5 de noviembre de 2021, por el que se fijan los criterios de distribución territorial de créditos presupuestarios de los ejercicios 2021 y 2022, así como la distribución de los correspondientes al ejercicio de 2021, para la financiación de actuaciones de inversión en el marco de los Componentes 1 "Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos" y 6 "Movilidad sostenible, segura y conectada" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
72 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Jueves 10 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 153469

ANEXO II
Condiciones para la distribución territorial de los créditos
1.

Normativa reguladora

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Reglamento (CE) n.° 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre
de 2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera.
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio
de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones
sostenibles, puesto que todas las actuaciones que se ejecuten dentro del PRTR deben
cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo a los objetivos
medioambientales recogidos en el artículo 17 del citado Reglamento, y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
Los Actos Delegados del Reglamento de Taxonomía, «Supplementing Regulation (EU)
2020/852 of the European Parliament and of the Council by establishing the technical
screening criteria for determining the conditions under which an economic activity qualifies as
contributing substantially to climate change mitigation or climate change adaptation and for
determining whether that economic activity causes no significant harm to any of the other
environmental objectives» («Actos Delegados de Taxonomía»).
Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del PRTR.
En especial, los proyectos de inversión financiados mediante los créditos cuya
distribución aprueba el presente Acuerdo estarán obligados a respetar el principio de «no
causar daño significativo» (principio do no significant harm - DNSH) al medio ambiente
previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
demás normativa europea de aplicación. Para ello se tendrá en cuenta la «Guía técnica
sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del
Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01)» («Guía
Técnica de la Comisión Europea»).
Asimismo, deberán cumplirse las condiciones del etiquetado climático,
medioambiental y digital asignado a cada medida y submedida en el PRTR, de acuerdo
con anexo VI y VII del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

cve: BOE-A-2022-18446
Verificable en https://www.boe.es

Normativa aplicable: