III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2022-18446)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Nacional de Transportes de 5 de noviembre de 2021, por el que se fijan los criterios de distribución territorial de créditos presupuestarios de los ejercicios 2021 y 2022, así como la distribución de los correspondientes al ejercicio de 2021, para la financiación de actuaciones de inversión en el marco de los Componentes 1 "Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos" y 6 "Movilidad sostenible, segura y conectada" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
72 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 153465

financiación de actuaciones de inversión en el marco de los Componentes 1 «Plan de
choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y
metropolitanos» y 6 «Movilidad sostenible, segura y conectada» del PRTR.
Asimismo, con carácter orientativo y sujeta a disponibilidad presupuestaria, se
determina la distribución territorial de los créditos correspondiente al ejercicio de 2022,
resultante de la aplicación de los criterios que se aprueban en el presente Acuerdo.
Dado que el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia («MRR») se configura como
un instrumento de financiación orientado a resultados y al carácter vinculante de los hitos
y objetivos fijados en la Decisión de Ejecución del Consejo («CID» por sus siglas en
inglés, Council Implementing Decision) a nivel país a conseguir con la actuación de todas
las Administraciones Públicas involucradas, y requiriendo que cada una de ellas
adquiera el compromiso al respecto, la distribución de la financiación lleva asociada
también el reparto del cumplimiento de hitos y objetivos asociados, quedando la
financiación condicionada al cumplimiento de estos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, siendo el importe global de los créditos
presupuestarios objeto de distribución territorial superior a 12 millones de euros, el
Consejo de Ministros, en su reunión de 19 de octubre de 2021, ha autorizado la
propuesta.
En virtud de lo expuesto, la Conferencia Nacional de Transportes, en sesión
extraordinaria de 5 de noviembre de 2021, acuerda:
– Fijar los criterios de distribución territorial de los créditos para los ejercicios 2021
y 2022, así como la distribución de los créditos correspondientes al ejercicio de 2021 por
importe de 947.500.000 euros, que se determinan en el Anexo I al presente Acuerdo,
para la financiación de las siguientes líneas de inversión previstas en el PRTR:
• C1.I1-CCAA: Proyectos de inversión de ejecución directa por parte de las
Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla o por convenio con otras
administraciones o entidades, que contribuyan al objeto de creación o funcionamiento de
zonas de bajas emisiones en los entornos metropolitanos o a la transformación digital o
sostenible del transporte (submedida 1 de la inversión 1 del PRTR).
• C6.I4-CCAA: Digitalización de los servicios administrativos que se prestan por
parte de las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, en relación con
el transporte de mercancías y de viajeros por carretera o ferrocarril de su competencia.
En este ámbito se incluirán los proyectos digitales necesarios para poder ofrecer un
servicio de transporte a la demanda, en el ámbito competencial de las Comunidades
Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla (dentro de la submedida 15 de la
inversión 4 del PRTR).
Las aplicaciones presupuestarias, dotaciones y anualidades son las fijadas en el
anexo I al presente Acuerdo.
– Establecer las condiciones para la distribución territorial de los créditos que se
detallan en el anexo II al presente Acuerdo, en cumplimiento de la normativa reguladora
del MRR y del PRTR.
Las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias de las
ayudas podrán destinarlas a financiar actuaciones de su propia competencia o mediante
convenios con otras administraciones u otras entidades públicas. Las actuaciones
financiables son las incluidas en el anexo III del presente Acuerdo, sin perjuicio de la
posibilidad de su modificación en los términos del punto 9 del anexo II.
Este acuerdo se adopta de conformidad con el artículo 148.2.f) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 86 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en los términos fijados en el
Acuerdo de autorización del Consejo de Ministros de 19 de octubre de 2021.

cve: BOE-A-2022-18446
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 270