II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Asesores técnicos en el exterior. (BOE-A-2022-18380)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de asesores y asesoras técnicos/as en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 152963
En todo caso, la Administración podrá solicitar cuando así lo considere, el cotejo de
la documentación aportada, para lo que podrá requerir la exhibición de los documentos
originales.
e) Documentación justificativa del requisito específico de conocimiento de idioma a
que se refiere la base primera, apartado B), de esta convocatoria. Este requisito se
acreditará mediante alguno de los títulos académicos o certificados que se indican a
continuación:
1) Para acreditar un nivel C1, correspondiente al nivel C1 del Marco Común
Europeo de Referencia para las Lenguas, en los idiomas alemán, francés e inglés,
únicamente se tendrán en cuenta las titulaciones o certificaciones siguientes:
− Certificado de Nivel Avanzado C1 o Nivel Avanzado C2, del idioma cuyo
conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas, o certificación
académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias
establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» del 23).
− Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los recogidos por las correspondientes Mesas Lingüísticas de la
Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
2) Para acreditar el nivel B2, correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo
de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, únicamente se tendrán en cuenta
las titulaciones o certificaciones siguientes:
− Licenciatura o Título de Grado en Filología en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
− Licenciatura o Título de Grado en Filología Moderna o en Lenguas Modernas en el
idioma cuyo conocimiento se requiere.
− Licenciatura o Título de Grado en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
− Título de Grado en Estudios del idioma cuyo conocimiento se requiere.
− Certificado de Nivel Intermedio B2 o Nivel Avanzado C1 o Nivel Avanzado C2, del
idioma cuyo conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas o
certificación académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las
equivalencias establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de
diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 23).
− Certificado de Aptitud del idioma cuyo conocimiento se requiere, obtenido en una
Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias establecidas en el anexo II del
Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 23).
− Quienes tuvieran una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma sea el
requerido para el puesto solicitado, siempre y cuando se acredite que se ha cursado la
totalidad de los estudios en ese país a través de la correspondiente certificación
académica cuando el citado título esté homologado por el departamento ministerial
competente.
− Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los establecidos por las correspondientes Mesas Lingüísticas de
la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
3) Quedarán exentos de acreditar documentalmente el conocimiento del nivel e
idiomas requeridos para los puestos solicitados en esta convocatoria:
− El personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza
Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas, clasificados en el subgrupo A1 de los
que establece el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (BOE
del 31), que sean titulares de la especialidad correspondiente al idioma cuyo
conocimiento se requiere para ocupar la vacante.
cve: BOE-A-2022-18380
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 152963
En todo caso, la Administración podrá solicitar cuando así lo considere, el cotejo de
la documentación aportada, para lo que podrá requerir la exhibición de los documentos
originales.
e) Documentación justificativa del requisito específico de conocimiento de idioma a
que se refiere la base primera, apartado B), de esta convocatoria. Este requisito se
acreditará mediante alguno de los títulos académicos o certificados que se indican a
continuación:
1) Para acreditar un nivel C1, correspondiente al nivel C1 del Marco Común
Europeo de Referencia para las Lenguas, en los idiomas alemán, francés e inglés,
únicamente se tendrán en cuenta las titulaciones o certificaciones siguientes:
− Certificado de Nivel Avanzado C1 o Nivel Avanzado C2, del idioma cuyo
conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas, o certificación
académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias
establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» del 23).
− Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los recogidos por las correspondientes Mesas Lingüísticas de la
Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
2) Para acreditar el nivel B2, correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo
de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, únicamente se tendrán en cuenta
las titulaciones o certificaciones siguientes:
− Licenciatura o Título de Grado en Filología en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
− Licenciatura o Título de Grado en Filología Moderna o en Lenguas Modernas en el
idioma cuyo conocimiento se requiere.
− Licenciatura o Título de Grado en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
− Título de Grado en Estudios del idioma cuyo conocimiento se requiere.
− Certificado de Nivel Intermedio B2 o Nivel Avanzado C1 o Nivel Avanzado C2, del
idioma cuyo conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas o
certificación académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las
equivalencias establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de
diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 23).
− Certificado de Aptitud del idioma cuyo conocimiento se requiere, obtenido en una
Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias establecidas en el anexo II del
Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 23).
− Quienes tuvieran una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma sea el
requerido para el puesto solicitado, siempre y cuando se acredite que se ha cursado la
totalidad de los estudios en ese país a través de la correspondiente certificación
académica cuando el citado título esté homologado por el departamento ministerial
competente.
− Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los establecidos por las correspondientes Mesas Lingüísticas de
la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
3) Quedarán exentos de acreditar documentalmente el conocimiento del nivel e
idiomas requeridos para los puestos solicitados en esta convocatoria:
− El personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza
Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas, clasificados en el subgrupo A1 de los
que establece el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (BOE
del 31), que sean titulares de la especialidad correspondiente al idioma cuyo
conocimiento se requiere para ocupar la vacante.
cve: BOE-A-2022-18380
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269