II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Asesores técnicos en el exterior. (BOE-A-2022-18380)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de asesores y asesoras técnicos/as en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Méritos
3. Actividades de formación y perfeccionamiento.
3.1 Cursos o actividades de formación que estén relacionados con
los diferentes programas que constituyen la acción educativa
española en el exterior organizados por este Ministerio, por las
Consejerías de las Comunidades Autónomas que tengan atribuidas
competencias en materia educativa o por instituciones sin ánimo de
lucro, que hayan sido homologados o reconocidos por las
Administraciones precitadas, así como los organizados por las
Universidades.
– Por su dirección, coordinación o impartición.
Se puntuarán 0,10 puntos por cada 8 horas de curso o, en su caso,
de actividades. A estos efectos se sumarán las horas de todos los
cursos, o de todas las actividades, no puntuándose el resto del
número de horas inferiores a 8. Cuando los cursos vinieran
expresados en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10
horas.
– Por su superación.
Se puntuarán 0,10 puntos por cada 12 horas de curso o, en su caso,
de actividades. A estos efectos se sumarán las horas de todos los
cursos o de todas las actividades, no puntuándose el resto del
número de horas inferiores a 12 Cuando los cursos vinieran
expresados en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10
horas.
Puntos
Sec. II.B. Pág. 152976
Documentación justificativa
Máximo
3,00
Hasta
1,00
Copia del certificado expedido por la entidad organizadora de los
mismos en el que conste de modo expreso el número de horas de
duración del curso o de la actividad, con indicación de la fecha de
término o bien extracto del registro de formación de la
Administración educativa correspondiente, en el que consten estos
datos.
En el caso de los organizados por las instituciones sin ánimo de
lucro, en el caso de que no estén reconocidos en el extracto del
Registro de formación, deberá acreditarse de manera fehaciente,
su reconocimiento u homologación, mediante diligencia de la
Administración educativa correspondiente o certificado de
inscripción en el Registro de Formación de la Administración
educativa correspondiente.
cve: BOE-A-2022-18380
Verificable en https://www.boe.es
Por este subapartado 3.1 sólo se valorarán los cursos o actividades relacionados con las acciones que se establecen en el Real Decreto 1027/1993,
de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa española en el exterior.
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Méritos
3. Actividades de formación y perfeccionamiento.
3.1 Cursos o actividades de formación que estén relacionados con
los diferentes programas que constituyen la acción educativa
española en el exterior organizados por este Ministerio, por las
Consejerías de las Comunidades Autónomas que tengan atribuidas
competencias en materia educativa o por instituciones sin ánimo de
lucro, que hayan sido homologados o reconocidos por las
Administraciones precitadas, así como los organizados por las
Universidades.
– Por su dirección, coordinación o impartición.
Se puntuarán 0,10 puntos por cada 8 horas de curso o, en su caso,
de actividades. A estos efectos se sumarán las horas de todos los
cursos, o de todas las actividades, no puntuándose el resto del
número de horas inferiores a 8. Cuando los cursos vinieran
expresados en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10
horas.
– Por su superación.
Se puntuarán 0,10 puntos por cada 12 horas de curso o, en su caso,
de actividades. A estos efectos se sumarán las horas de todos los
cursos o de todas las actividades, no puntuándose el resto del
número de horas inferiores a 12 Cuando los cursos vinieran
expresados en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10
horas.
Puntos
Sec. II.B. Pág. 152976
Documentación justificativa
Máximo
3,00
Hasta
1,00
Copia del certificado expedido por la entidad organizadora de los
mismos en el que conste de modo expreso el número de horas de
duración del curso o de la actividad, con indicación de la fecha de
término o bien extracto del registro de formación de la
Administración educativa correspondiente, en el que consten estos
datos.
En el caso de los organizados por las instituciones sin ánimo de
lucro, en el caso de que no estén reconocidos en el extracto del
Registro de formación, deberá acreditarse de manera fehaciente,
su reconocimiento u homologación, mediante diligencia de la
Administración educativa correspondiente o certificado de
inscripción en el Registro de Formación de la Administración
educativa correspondiente.
cve: BOE-A-2022-18380
Verificable en https://www.boe.es
Por este subapartado 3.1 sólo se valorarán los cursos o actividades relacionados con las acciones que se establecen en el Real Decreto 1027/1993,
de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa española en el exterior.