III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-18402)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Miércoles 9 de noviembre de 2022

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personales y a la libre circulación de estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en
el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la LOPD. La citada obligación subsistirá aun después de terminado el
proyecto. Asimismo vendrán obligados al cumplimiento de lo establecido en la
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de
derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Decimocuarta.

Régimen jurídico y jurisdicción competente.

Este convenio tiene naturaleza interadministrativa, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
su régimen jurídico está regulado en los artículos 47 a 53 de la ley referida anteriormente.
Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula octava de este convenio, las
controversias no resueltas por la Comisión de Seguimiento que se pudieran suscitar
durante la vigencia del mismo será la jurisdicción contencioso-administrativa la
competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las
partes, de acuerdo con las previsiones de los artículos 11.1.c) y 88 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio digitalmente, tomándose como fecha de formalización
del presente documento la fecha del último firmante.–Por el Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra
Urteaga.–Por la Comunidad de Castilla y León, la Consejera de Familia e Igualdad de
Oportunidades, Isabel Blanco Llamas.–Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales,
el Director General, Luis Alberto Barriga Martín.
ANEXO I
Al convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Castilla
y León, para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto
en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las Personas en situación de dependencia y para el establecimiento
y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2022
Se deberán cumplimentar tantas fichas como actuaciones se vayan a incorporar
como objetivos.
Objetivo 1.

Disminución de la lista de espera

Descripción de la medida.

Reducir al 50 % el volumen de expedientes con resolución de hace más de 6 meses sin
PIA efectivo y sin motivo de exclusión.

Línea de base a 1 de enero de 2022.

940 expedientes con resolución de hace más de seis meses sin PIA efectivo y sin
motivo de exclusión.

Impacto esperado sobre la lista de espera para 2022
(desde 1 de enero hasta 31 de diciembre).

Reducción de 470 expedientes con resolución de hace más de seis meses sin PIA
efectivo y sin motivo de exclusión.

Indicadores de verificación de cumplimiento.

Datos del SISAAD.

Determinación de costes previstos en 2022 derivados
directamente de la medida/actuación.

La medida implica el seguimiento individual de casos para la puesta en marcha de
servicios y la percepción de las prestaciones económicas correspondientes.
El coste del adelanto en la entrada en nómina de las prestaciones se estima en 987.000
€ y la dedicación de personal a esta finalidad permite imputar un gasto de 500.000 €

Observaciones.

cve: BOE-A-2022-18402
Verificable en https://www.boe.es

Acción n.º 1: Reducción de los expedientes pendientes de PIA efectivo sin motivo de exclusión