II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18389)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Universitaria, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153082
3.4 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y en la
página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/
convocatoria-pas/.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página Web del
área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa
de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, la/s causa/s de
exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes, dentro del plazo señalado,
no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente
excluidos de la participación en el proceso selectivo. La subsanación se realizará a
través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática
en la Sede Electrónica de la UCA o en las formas establecidas en el apartado 3.1 de la
presente convocatoria. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
4.3 Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante,
que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el Rector de la Universidad de, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a
su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su
publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.4 Las tasas de participación serán reintegradas, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.
5.
Tribunal calificador
5.1 El nombramiento del Tribunal calificador de la presente convocatoria se hará
público junto con la resolución por la que se publique el listado provisional de aspirantes
admitidos y excluidos.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público o
si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.3 Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según lo
previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
5.4 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página Web del área de Personal, resolución por la que se nombran a los
nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en las bases 5.2 y 5.3.
cve: BOE-A-2022-18389
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153082
3.4 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y en la
página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/
convocatoria-pas/.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página Web del
área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa
de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, la/s causa/s de
exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes, dentro del plazo señalado,
no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente
excluidos de la participación en el proceso selectivo. La subsanación se realizará a
través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática
en la Sede Electrónica de la UCA o en las formas establecidas en el apartado 3.1 de la
presente convocatoria. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
4.3 Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante,
que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el Rector de la Universidad de, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a
su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su
publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.4 Las tasas de participación serán reintegradas, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.
5.
Tribunal calificador
5.1 El nombramiento del Tribunal calificador de la presente convocatoria se hará
público junto con la resolución por la que se publique el listado provisional de aspirantes
admitidos y excluidos.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público o
si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.3 Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según lo
previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
5.4 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página Web del área de Personal, resolución por la que se nombran a los
nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en las bases 5.2 y 5.3.
cve: BOE-A-2022-18389
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269