III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-18397)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, del Instituto de Turismo de España, por la que se publica el Convenio con Jet2.com, para la ejecución de actividades de publicidad y marketing y de apoyo a la comercialización.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153183
Modelo de acta de adhesión al convenio entre el Instituto de Turismo de España,
O.A. (TURESPAÑA), y la aerolínea Jet2.com para el desarrollo de acciones
conjuntas de marketing
REUNIDOS
De un lado, el Instituto de Turismo de España, O.A. (en adelante, TURESPAÑA), con
domicilio en Madrid, calle Poeta Joan Maragall 41, actúa por delegación de firma
efectuada mediante resolución de 26 de agosto de 2020, don Manuel Butler Halter
nombrado en virtud de Resolución de 30 de abril de 2021, de la Secretaría de Estado de
Turismo, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 10 de marzo de 2021, BOE de 6 de mayo de 2021, Consejero de Turismo
en Londres previa autorización del Director General del Instituto de Turismo de España
(TURESPAÑA), don Miguel Ángel Sanz Castedo, nombrado en virtud del Real
Decreto 675/2020, de 14 de julio, por el que se le nombra Director General del Instituto
de Turismo de España (TURESPAÑA), que actúa por delegación de competencias
efectuada mediante Resolución de 26 de agosto de 2020, de la Presidencia del Instituto
de Turismo de España, O.A., «Boletín Oficial del Estado» núm. 239 de 7 de septiembre
de 2020.
Y de otro, Jet2.com Limited en adelante, Jet2, con domicilio social en Low Fare
Finder House, Leeds Bradford International Airport, Leeds, West Yorkshire LS19 7TU con
NIF (VAT number) GB 355 5672 31, representada en este acto por Stephen Paul Heapy,
CEO de la empresa, que actúa jurídicamente con facultades bastantes para este acto.
Y de otra:
[●] (en adelante, [●]), con domicilio social en [●], con NIF [●], representada en este
acto por [●], que actúa jurídicamente con las facultades que le otorga [Escritura, poder,
etc.], bastantes para este acto.
EXPONEN
Que teniendo la entidad XXXXXXX pleno conocimiento del contenido, alcance y
objetivos del convenio, esta coincide con las partes firmantes en la necesidad de
desarrollar acciones conjuntas de promoción del destino España en el mercado [●], así
como el fortalecimiento del posicionamiento de los destinos, productos y experiencias
turísticas de España.
ACUERDAN
Que la entidad XXX se adhiere en todos sus términos al convenio y que como Parte
integrante del mismo y de la Comisión Mixta de Seguimiento se obliga a:
– Realizar una aportación económica de entre 50.000-1.000.000 euros, que se suma
a las estipuladas en la cláusula tercera del convenio.
– Poner a disposición del proyecto los medios humanos y materiales necesarios
para que se puedan desarrollar las actuaciones previstas en la Cláusula segunda, en el
ámbito de las competencias de cada parte.
– Identificar conjuntamente los proyectos concretos a llevar a cabo en desarrollo del
presente convenio, de acuerdo al plan de medios.
– Realizar la ejecución material de las actuaciones previstas en el plan de medios,
siempre y cuando exista crédito adecuado y suficiente.
– Realizar el seguimiento y evaluación de los proyectos en el marco del presente
convenio e informar a la Comisión de Seguimiento.
– Realizar cuantas acciones resulten precisas para la correcta y completa ejecución
de las actuaciones previstas en este convenio.
cve: BOE-A-2022-18397
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153183
Modelo de acta de adhesión al convenio entre el Instituto de Turismo de España,
O.A. (TURESPAÑA), y la aerolínea Jet2.com para el desarrollo de acciones
conjuntas de marketing
REUNIDOS
De un lado, el Instituto de Turismo de España, O.A. (en adelante, TURESPAÑA), con
domicilio en Madrid, calle Poeta Joan Maragall 41, actúa por delegación de firma
efectuada mediante resolución de 26 de agosto de 2020, don Manuel Butler Halter
nombrado en virtud de Resolución de 30 de abril de 2021, de la Secretaría de Estado de
Turismo, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 10 de marzo de 2021, BOE de 6 de mayo de 2021, Consejero de Turismo
en Londres previa autorización del Director General del Instituto de Turismo de España
(TURESPAÑA), don Miguel Ángel Sanz Castedo, nombrado en virtud del Real
Decreto 675/2020, de 14 de julio, por el que se le nombra Director General del Instituto
de Turismo de España (TURESPAÑA), que actúa por delegación de competencias
efectuada mediante Resolución de 26 de agosto de 2020, de la Presidencia del Instituto
de Turismo de España, O.A., «Boletín Oficial del Estado» núm. 239 de 7 de septiembre
de 2020.
Y de otro, Jet2.com Limited en adelante, Jet2, con domicilio social en Low Fare
Finder House, Leeds Bradford International Airport, Leeds, West Yorkshire LS19 7TU con
NIF (VAT number) GB 355 5672 31, representada en este acto por Stephen Paul Heapy,
CEO de la empresa, que actúa jurídicamente con facultades bastantes para este acto.
Y de otra:
[●] (en adelante, [●]), con domicilio social en [●], con NIF [●], representada en este
acto por [●], que actúa jurídicamente con las facultades que le otorga [Escritura, poder,
etc.], bastantes para este acto.
EXPONEN
Que teniendo la entidad XXXXXXX pleno conocimiento del contenido, alcance y
objetivos del convenio, esta coincide con las partes firmantes en la necesidad de
desarrollar acciones conjuntas de promoción del destino España en el mercado [●], así
como el fortalecimiento del posicionamiento de los destinos, productos y experiencias
turísticas de España.
ACUERDAN
Que la entidad XXX se adhiere en todos sus términos al convenio y que como Parte
integrante del mismo y de la Comisión Mixta de Seguimiento se obliga a:
– Realizar una aportación económica de entre 50.000-1.000.000 euros, que se suma
a las estipuladas en la cláusula tercera del convenio.
– Poner a disposición del proyecto los medios humanos y materiales necesarios
para que se puedan desarrollar las actuaciones previstas en la Cláusula segunda, en el
ámbito de las competencias de cada parte.
– Identificar conjuntamente los proyectos concretos a llevar a cabo en desarrollo del
presente convenio, de acuerdo al plan de medios.
– Realizar la ejecución material de las actuaciones previstas en el plan de medios,
siempre y cuando exista crédito adecuado y suficiente.
– Realizar el seguimiento y evaluación de los proyectos en el marco del presente
convenio e informar a la Comisión de Seguimiento.
– Realizar cuantas acciones resulten precisas para la correcta y completa ejecución
de las actuaciones previstas en este convenio.
cve: BOE-A-2022-18397
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269