II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18301)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Escala Auxiliar de Biblioteca.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 151547
6.3 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas
selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de personal aprobado que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6.4 Como resultado de esta convocatoria no se generará una lista de llamamiento
para cubrir plazas de personal funcionario interino ni la participación en la misma dará
derecho a su inclusión en la lista de llamamiento que pudiera existir.
7.
Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario
7.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a aquél en que
se hicieron públicas las listas de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar
en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de esta Universidad los siguientes
documentos:
a) Original y fotocopia del título exigido en la base 2.1.4 o certificación académica
que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas, según el modelo que figura en el anexo V a esta convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar
declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que
figura como anexo VI a esta convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
o psíquico que imposibiliten para el servicio.
7.2 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presenten la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados personal
funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
7.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se
procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante Resolución
Rectoral que se publicará en el «Boletín Oficial de Cantabria».
7.4 La toma de posesión de las personas aspirantes que hubiesen superado el
proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de la publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el «Boletín Oficial
de Cantabria».
De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, los datos que faciliten las personas
participantes en esta convocatoria serán incorporados a la actividad de tratamiento
«Personal y nóminas» de la Universidad de Cantabria y serán tratados de acuerdo con la
información que puede consultar en la siguiente dirección:
https://web.unican.es/consejo-direccion/gerencia/RGDP/rgpd_info_personalnominas.pdf
El responsable de este tratamiento es el Gerente de la Universidad de Cantabria y
las personas que participen en esta convocatoria podrán ejercer sus derechos de
acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición a su tratamiento, de conformidad
cve: BOE-A-2022-18301
Verificable en https://www.boe.es
8. Tratamiento de datos de carácter personal
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 151547
6.3 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas
selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de personal aprobado que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6.4 Como resultado de esta convocatoria no se generará una lista de llamamiento
para cubrir plazas de personal funcionario interino ni la participación en la misma dará
derecho a su inclusión en la lista de llamamiento que pudiera existir.
7.
Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario
7.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a aquél en que
se hicieron públicas las listas de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar
en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de esta Universidad los siguientes
documentos:
a) Original y fotocopia del título exigido en la base 2.1.4 o certificación académica
que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas, según el modelo que figura en el anexo V a esta convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar
declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que
figura como anexo VI a esta convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
o psíquico que imposibiliten para el servicio.
7.2 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presenten la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados personal
funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
7.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se
procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante Resolución
Rectoral que se publicará en el «Boletín Oficial de Cantabria».
7.4 La toma de posesión de las personas aspirantes que hubiesen superado el
proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de la publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el «Boletín Oficial
de Cantabria».
De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, los datos que faciliten las personas
participantes en esta convocatoria serán incorporados a la actividad de tratamiento
«Personal y nóminas» de la Universidad de Cantabria y serán tratados de acuerdo con la
información que puede consultar en la siguiente dirección:
https://web.unican.es/consejo-direccion/gerencia/RGDP/rgpd_info_personalnominas.pdf
El responsable de este tratamiento es el Gerente de la Universidad de Cantabria y
las personas que participen en esta convocatoria podrán ejercer sus derechos de
acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición a su tratamiento, de conformidad
cve: BOE-A-2022-18301
Verificable en https://www.boe.es
8. Tratamiento de datos de carácter personal