III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-18326)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151768
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar:
– Formalizar, cuando proceda, el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Sant
Llorenç des Cardassar de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del
«Aula Mentor». La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Sant Llorenç des
Cardassar ascenderá a 48 euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en el
presupuesto del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar en las aplicaciones
presupuestarias 42090.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en el
acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en concepto de
IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la recaudación recibida
en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en base a los informes de
gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este cargo será
como mínimo de 48 euros y un máximo de 150.000 euros/año, que será imputado al
presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar en la aplicación
presupuestaria 323226804. Si durante un periodo no se formalizara ningún ingreso en
concepto de matriculación, el cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del «Aula Mentor», que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar, derivado de los ingresos de la
matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
«Aula Mentor» del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar que implicará una
cantidad mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una
cantidad máxima de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de
personal del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las
tareas de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la
atención en tareas de información y orientación profesional del «Aula Mentor» del
Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar que implicará una cantidad mínima
de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima
de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del
Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la
Vida la información de Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar necesaria para
elaborar la memoria anual del programa «Aula Mentor», una de cuyas dimensiones es la
económica.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir, cuando proceda, 5 informes económicos anuales al Ayuntamiento de Sant
Llorenç des Cardassar indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo, para
que dicha entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional, remitir un informe anual de personas atendidas, de
personas inscritas en los procedimientos de acreditación de competencias profesionales,
así como el tipo de información y orientación requerida, de acuerdo al modelo de informe
normalizado.
cve: BOE-A-2022-18326
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151768
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar:
– Formalizar, cuando proceda, el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Sant
Llorenç des Cardassar de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del
«Aula Mentor». La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Sant Llorenç des
Cardassar ascenderá a 48 euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en el
presupuesto del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar en las aplicaciones
presupuestarias 42090.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en el
acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en concepto de
IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la recaudación recibida
en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en base a los informes de
gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este cargo será
como mínimo de 48 euros y un máximo de 150.000 euros/año, que será imputado al
presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar en la aplicación
presupuestaria 323226804. Si durante un periodo no se formalizara ningún ingreso en
concepto de matriculación, el cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del «Aula Mentor», que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar, derivado de los ingresos de la
matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
«Aula Mentor» del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar que implicará una
cantidad mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una
cantidad máxima de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de
personal del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las
tareas de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la
atención en tareas de información y orientación profesional del «Aula Mentor» del
Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar que implicará una cantidad mínima
de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima
de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del
Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la
Vida la información de Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar necesaria para
elaborar la memoria anual del programa «Aula Mentor», una de cuyas dimensiones es la
económica.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir, cuando proceda, 5 informes económicos anuales al Ayuntamiento de Sant
Llorenç des Cardassar indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo, para
que dicha entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional, remitir un informe anual de personas atendidas, de
personas inscritas en los procedimientos de acreditación de competencias profesionales,
así como el tipo de información y orientación requerida, de acuerdo al modelo de informe
normalizado.
cve: BOE-A-2022-18326
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 268