III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-18337)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Fabero, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de adecuación de la playa fluvial de Bárcena de la Abadía, en Fabero (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 151858

de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los
otorgantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro
años adicionales.
2. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto, así como por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, y en particular, el incumplimiento de lo establecido en la cláusula
novena en relación a la aprobación del proyecto y a la puesta a disposición por parte del
Ayuntamiento de Fabero de los terrenos o bienes necesarios para la ejecución de las
obras.
La extinción del convenio por estas causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2.c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a la
otra parte del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones ya
ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido al
referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente
instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del inicial.
Tercera. Descripción de la obra.
Las obras que se pretenden ejecutar consisten en el rebaje de las escolleras de la
margen izquierda y el área recreativa anexa hasta una cota cercana a la cota de
coronación del azud desmontable y la disposición de accesos para la maquinaria que
haya de utilizarse para el montaje y desmontaje de las compuertas.
Cuarta. Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.
1. La inversión total necesaria para la actuación
de 270.000 euros, Impuesto del Valor Añadido incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo
Organismo de cuenca para los años 2022 y 2023
presupuestaria 23.108.452A.601, superproyecto 2013
proyecto 2013 23 233 0012.
3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación
conformidad con la siguiente fórmula:

se ha estimado en un total
al presupuesto de gastos del
con cargo a la aplicación
23 233 9001 y código de
de la obra se realizará de

– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., aportará 216.000 euros del coste
inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 80 % de la inversión.
– El Ayuntamiento de Fabero aportará 54.000 euros del coste inicialmente previsto,
con cargo a su aplicación presupuestaria 342.61900, lo que supone un porcentaje
del 20 % de la inversión.

cve: BOE-A-2022-18337
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Núm. 268