III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-18337)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Fabero, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de adecuación de la playa fluvial de Bárcena de la Abadía, en Fabero (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Martes 8 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 151856

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que en las márgenes del río Cúa, en la localidad de Bárcena de la Abadía, en el
municipio de Fabero, existe una playa fluvial y una zona recreativa, ejecutadas en el
marco de un Acuerdo de colaboración entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes
y Medio Ambiente y la Asociación Leonesa de Municipios Mineros, para el desarrollo de
obras de acondicionamiento de cauce y márgenes de ríos en el ámbito de sus municipios
firmado el 3 de mayo de 1995. La zona queda configurada con la disposición de un azud
desmontable que constituye un remanso para el baño, una pasarela situada a pocos
metros aguas arriba del azud y la zona de esparcimiento que se desarrolla hacia aguas
arriba por la margen derecha hasta el puente de la carretera LE-4312.
En fechas recientes el Ayuntamiento de Fabero ha solicitado la colaboración de la
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., para la mejora del estado de la zona.
Segundo.
Que a la Confederación Hidrográfica de Miño-Sil, O.A., le corresponde, en el ámbito
de su Demarcación Hidrográfica, la administración y la protección del dominio público
hidráulico, así como el proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas
con cargo a los fondos propios del Organismo y las que le sean encomendadas por el
Estado (artículo 23 del Texto Refundido de la Ley de Aguas) para cuya finalidad podrá
establecer convenios con las Entidades Locales, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 25.2 de la precitada disposición legal.
Tercero.
Que al Ayuntamiento de Fabero le corresponden, entre otras, la promoción de la
actividad turística así como la promoción del deporte y de las instalaciones deportivas y
de ocupación del tiempo libre, según lo dispuesto en los artículos 25 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada a la
misma por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la
administración local y artículo 20 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de
Castilla y León.

Que conforme a los artículos 143 y 144 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones cooperarán al servicio del
interés general de acuerdo con las técnicas que consideren más adecuadas, como la
cooperación interadministrativa para la aplicación de la normativa reguladora de una
materia o actuaciones de cooperación en materia patrimonial, incluidos los cambios de
titularidad y la cesión de bienes.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.
Quinto.
Que el artículo 48 de la citada Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece
que las Administraciones públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus
respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público,
que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de

cve: BOE-A-2022-18337
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Cuarto.