III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2022-18310)
Resolución de 17 de octubre de 2022, del Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica la Adenda al Convenio con el Gobierno de Cantabria, para la realización del Plan Nacional de actualización de las delimitaciones territoriales en Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151663
Geográfica para la realización del Plan Nacional de actualización de las delimitaciones
territoriales en Cantabria.
2. El convenio tiene por objeto continuar la colaboración en la Actualización de las
Delimitaciones Territoriales entre el Centro Nacional de Información Geográfica y el
Gobierno de Cantabria, especificando el plan de trabajo para los años 2019 a 2022 y su
financiación en este periodo.
3. A su vez, el artículo 5.5.a del Estatuto del CNIG contempla que entre las
funciones a ejercer por este Organismo Autónomo se encuentra «Gestionar los
convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras administraciones públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y según lo establecido en el artículo 8.d, el
Consejo Rector ha aprobado la firma de esta Adenda en nombre del organismo del CNIG
con fecha de 5 de septiembre de 2022.
4. Que conforme a las funciones que se le atribuyen en la cláusula duodécima del
convenio, la Comisión de Seguimiento en reunión mantenida con fecha 15 de julio
de 2022 advirtió la imposibilidad de cumplir algunos de los plazos fijados en el convenio,
así como la necesidad de ampliar su vigencia para poder dar cumplimiento de todos los
trabajos comprometidos.
Por consiguiente, las partes intervinientes estiman necesario suscribir la presente
Adenda, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Mediante esta Adenda las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio hasta
el 31 de octubre del año 2023 para realizar las actuaciones previstas para alcanzar los
objetivos propuestos en el convenio.
Segunda.
Prórroga del convenio.
Y en prueba de conformidad, suscriben la presente adenda, electrónicamente.–Por la
Administración General del Estado, el Presidente del Organismo Autónomo Centro
Nacional de Información Geográfica, Lorenzo García Asensio, el 17 de octubre
de 2022.–La Consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior del Gobierno
de Cantabria, Paula Fernández Viaña, el 14 de octubre de 2022.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-18310
Verificable en https://www.boe.es
Debido a la imposibilidad de realizar los trabajos en el plazo de vigencia
establecido en el convenio, por la situación sanitaria ocasionada con motivo del
COVID-19 en España durante el periodo de duración del convenio, es necesario
considerar lo establecido en la cláusula décima: «Antes de la finalización del plazo de
vigencia del presente convenio, las partes podrán acordar su prórroga de forma
expresa durante el año 2023 hasta el mes de octubre de dicho año como máximo, si
así lo requiriese el desarrollo de las actuaciones previstas para alcanzar los objetivos
propuestos».
Según lo anterior, las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio hasta el 31
de octubre 2023.
Esta ampliación de plazo no conlleva la modificación de los compromisos
establecidos en convenio ni gastos adicionales a los establecidos en el convenio
firmado.
La presente Adenda se perfecciona con la firma de las partes y tendrá validez y
eficacia desde la fecha de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicación en el BOE.
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151663
Geográfica para la realización del Plan Nacional de actualización de las delimitaciones
territoriales en Cantabria.
2. El convenio tiene por objeto continuar la colaboración en la Actualización de las
Delimitaciones Territoriales entre el Centro Nacional de Información Geográfica y el
Gobierno de Cantabria, especificando el plan de trabajo para los años 2019 a 2022 y su
financiación en este periodo.
3. A su vez, el artículo 5.5.a del Estatuto del CNIG contempla que entre las
funciones a ejercer por este Organismo Autónomo se encuentra «Gestionar los
convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras administraciones públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y según lo establecido en el artículo 8.d, el
Consejo Rector ha aprobado la firma de esta Adenda en nombre del organismo del CNIG
con fecha de 5 de septiembre de 2022.
4. Que conforme a las funciones que se le atribuyen en la cláusula duodécima del
convenio, la Comisión de Seguimiento en reunión mantenida con fecha 15 de julio
de 2022 advirtió la imposibilidad de cumplir algunos de los plazos fijados en el convenio,
así como la necesidad de ampliar su vigencia para poder dar cumplimiento de todos los
trabajos comprometidos.
Por consiguiente, las partes intervinientes estiman necesario suscribir la presente
Adenda, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Mediante esta Adenda las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio hasta
el 31 de octubre del año 2023 para realizar las actuaciones previstas para alcanzar los
objetivos propuestos en el convenio.
Segunda.
Prórroga del convenio.
Y en prueba de conformidad, suscriben la presente adenda, electrónicamente.–Por la
Administración General del Estado, el Presidente del Organismo Autónomo Centro
Nacional de Información Geográfica, Lorenzo García Asensio, el 17 de octubre
de 2022.–La Consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior del Gobierno
de Cantabria, Paula Fernández Viaña, el 14 de octubre de 2022.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-18310
Verificable en https://www.boe.es
Debido a la imposibilidad de realizar los trabajos en el plazo de vigencia
establecido en el convenio, por la situación sanitaria ocasionada con motivo del
COVID-19 en España durante el periodo de duración del convenio, es necesario
considerar lo establecido en la cláusula décima: «Antes de la finalización del plazo de
vigencia del presente convenio, las partes podrán acordar su prórroga de forma
expresa durante el año 2023 hasta el mes de octubre de dicho año como máximo, si
así lo requiriese el desarrollo de las actuaciones previstas para alcanzar los objetivos
propuestos».
Según lo anterior, las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio hasta el 31
de octubre 2023.
Esta ampliación de plazo no conlleva la modificación de los compromisos
establecidos en convenio ni gastos adicionales a los establecidos en el convenio
firmado.
La presente Adenda se perfecciona con la firma de las partes y tendrá validez y
eficacia desde la fecha de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicación en el BOE.