III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-18311)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, para integrarse en el Sistema Cartográfico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151665
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
en nombre de sus respectivas entidades el presente convenio y, al efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema
Cartográfico Nacional, en su artículo 2, apartado 1, establece que el Sistema Cartográfico
Nacional persigue el ejercicio eficaz de las funciones públicas en materia de información
geográfica mediante la coordinación de la actuación de los diferentes operadores públicos
cuyas competencias concurren en este ámbito.
Segundo.
Que en su artículo 3, apartado 2.b), dicho real decreto establece que formarán parte del
Sistema las entidades que tengan atribuidas las funciones de recogida, almacenamiento,
tratamiento o difusión de información geográfica en la Administración de las comunidades
autónomas, y las entidades del sector público autonómico, siempre que manifiesten su
voluntad de integrarse en él.
Tercero.
Que en su artículo 3, apartado 5, dicho real decreto establece que las Administraciones
autonómicas y locales que soliciten integrarse en el sistema participarán plenamente en él a
partir de la suscripción de un convenio con la Administración General del Estado.
Cuarto.
Que la Comunitat Valenciana se integró en el año 2010, mediante la suscripción del
correspondiente convenio, en el Sistema Cartográfico Nacional y tiene interés en renovar
este compromiso mediante la suscripción de un nuevo convenio adaptado a
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto.
Que es voluntad de ambas partes coordinar sus actuaciones en materia de información
geográfica, así como con las demás Administraciones integradas en el Sistema Cartográfico
Nacional, de manera que se garantice la producción de información cartográfica y
geográfica en forma coordinada y eficiente; que sea posible conocer y localizar la
información cartográfica y geográfica disponibles en las Administraciones integradas en el
Sistema Cartográfico Nacional, y evaluar su adecuación para un determinado propósito; y
que sea posible combinar, de forma coherente, datos geográficos de diversas fuentes y
puedan ser compartidos entre los integrantes del Sistema Cartográfico Nacional.
Que la Administración General del Estado (Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana) y la Comunitat Valenciana no tienen vocación de mercado, y, en todo
caso, no realizan en el mercado abierto un porcentaje igual o superior al 20 por ciento de
las actividades objeto de colaboración a través de este convenio.
Séptimo.
Que, en consecuencia, es deseo de ambas partes suscribir un convenio, en base a lo
establecido en el artículo 3, apartado 5, del Real Decreto 1545/2007, de 23 de
noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.
cve: BOE-A-2022-18311
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151665
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
en nombre de sus respectivas entidades el presente convenio y, al efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema
Cartográfico Nacional, en su artículo 2, apartado 1, establece que el Sistema Cartográfico
Nacional persigue el ejercicio eficaz de las funciones públicas en materia de información
geográfica mediante la coordinación de la actuación de los diferentes operadores públicos
cuyas competencias concurren en este ámbito.
Segundo.
Que en su artículo 3, apartado 2.b), dicho real decreto establece que formarán parte del
Sistema las entidades que tengan atribuidas las funciones de recogida, almacenamiento,
tratamiento o difusión de información geográfica en la Administración de las comunidades
autónomas, y las entidades del sector público autonómico, siempre que manifiesten su
voluntad de integrarse en él.
Tercero.
Que en su artículo 3, apartado 5, dicho real decreto establece que las Administraciones
autonómicas y locales que soliciten integrarse en el sistema participarán plenamente en él a
partir de la suscripción de un convenio con la Administración General del Estado.
Cuarto.
Que la Comunitat Valenciana se integró en el año 2010, mediante la suscripción del
correspondiente convenio, en el Sistema Cartográfico Nacional y tiene interés en renovar
este compromiso mediante la suscripción de un nuevo convenio adaptado a
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto.
Que es voluntad de ambas partes coordinar sus actuaciones en materia de información
geográfica, así como con las demás Administraciones integradas en el Sistema Cartográfico
Nacional, de manera que se garantice la producción de información cartográfica y
geográfica en forma coordinada y eficiente; que sea posible conocer y localizar la
información cartográfica y geográfica disponibles en las Administraciones integradas en el
Sistema Cartográfico Nacional, y evaluar su adecuación para un determinado propósito; y
que sea posible combinar, de forma coherente, datos geográficos de diversas fuentes y
puedan ser compartidos entre los integrantes del Sistema Cartográfico Nacional.
Que la Administración General del Estado (Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana) y la Comunitat Valenciana no tienen vocación de mercado, y, en todo
caso, no realizan en el mercado abierto un porcentaje igual o superior al 20 por ciento de
las actividades objeto de colaboración a través de este convenio.
Séptimo.
Que, en consecuencia, es deseo de ambas partes suscribir un convenio, en base a lo
establecido en el artículo 3, apartado 5, del Real Decreto 1545/2007, de 23 de
noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.
cve: BOE-A-2022-18311
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.