III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Entidades de seguros. (BOE-A-2022-18338)
Orden ETD/1068/2022, de 28 de octubre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, por Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Martes 8 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 151863

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
18338

Orden ETD/1068/2022, de 28 de octubre, de autorización administrativa de la
fusión por absorción de Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y
Reaseguros, por Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

La entidad Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, inscrita en el
Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0611, y la entidad Bankia Vida,
Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, inscrita en el mencionado registro con la clave
C0778, han presentado solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación
de fusión por absorción de la entidad Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y
Reaseguros por parte de la entidad Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Ley 20/2015,
de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, y en los artículos 109 y 110 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de
noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, resuelvo:
Primero.
Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de la
entidad Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros por parte de la
entidad Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.
Segundo.
Declarar la extinción y cancelación en el Registro administrativo al que se refiere el
artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de la entidad Bankia Vida, Sociedad
Anónima de Seguros y Reaseguros.
Tercero.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso
de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la
misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día
siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 28 de octubre de 2022.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra
de Asuntos Económicos y Transformación Digital. P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de
octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo
García Andrés.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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La presente Orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».