V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2022-34835)
Extracto de la Resolución de 27 de octubre de 2022, del Consejo de Administración del E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se establece la Cuarta Convocatoria del Programa de incentivos a Proyectos piloto singulares de Comunidades Energéticas (PROGRAMA CE IMPLEMENTA), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 53595
que se detallan en el anexo I de las bases reguladoras.
4. Los proyectos piloto subvencionables podrán comprender varias
actuaciones, ya sea de una misma área de actuación o de varias áreas de
actuación que se detallan en el anexo I de las bases reguladoras.
5. Se establece una inversión mínima por proyecto superior a 1.000.000€.
6. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al
artículo 22 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras
y en la convocatoria.
7. La resolución de concesión de la ayuda especificará el importe de la ayuda
total concedida, expresado en €, que no podrá superar el límite de 15 millones de
euros por empresa por proyecto, en virtud de lo establecido en los apartados 1.s y
2 del artículo 4 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio
2014.
8. El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución
de las actuaciones objeto de las ayudas será de catorce (14) meses que se
computará a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de
concesión de ayuda.
9. Los beneficiarios que lo soliciten, mediante escrito dirigido a la Dirección
General del IDAE podrán disponer de anticipos de hasta el 80% del importe de la
ayuda concedida, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en
las bases y convocatoria.
10. Las solicitudes para la obtención de las ayudas se dirigirán al IDAE, y
estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de
Ayudas alojado en la sede electrónica del IDAE (https://www.idae.es), donde se
dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.
Madrid, 27 de octubre de 2022.- La Secretaria de Estado de Energía y
Presidenta del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía. Sara
Aagesen Muñoz.
cve: BOE-B-2022-34835
Verificable en https://www.boe.es
ID: A220044648-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 53595
que se detallan en el anexo I de las bases reguladoras.
4. Los proyectos piloto subvencionables podrán comprender varias
actuaciones, ya sea de una misma área de actuación o de varias áreas de
actuación que se detallan en el anexo I de las bases reguladoras.
5. Se establece una inversión mínima por proyecto superior a 1.000.000€.
6. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al
artículo 22 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras
y en la convocatoria.
7. La resolución de concesión de la ayuda especificará el importe de la ayuda
total concedida, expresado en €, que no podrá superar el límite de 15 millones de
euros por empresa por proyecto, en virtud de lo establecido en los apartados 1.s y
2 del artículo 4 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio
2014.
8. El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución
de las actuaciones objeto de las ayudas será de catorce (14) meses que se
computará a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de
concesión de ayuda.
9. Los beneficiarios que lo soliciten, mediante escrito dirigido a la Dirección
General del IDAE podrán disponer de anticipos de hasta el 80% del importe de la
ayuda concedida, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en
las bases y convocatoria.
10. Las solicitudes para la obtención de las ayudas se dirigirán al IDAE, y
estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de
Ayudas alojado en la sede electrónica del IDAE (https://www.idae.es), donde se
dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.
Madrid, 27 de octubre de 2022.- La Secretaria de Estado de Energía y
Presidenta del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía. Sara
Aagesen Muñoz.
cve: BOE-B-2022-34835
Verificable en https://www.boe.es
ID: A220044648-1
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