V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-34820)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente el proyecto de trazado: "Mejora de la capacidad del enlace entre las autovías M-50 y M-509" y se ordena la incoación del expediente de información pública a los efectos de lo previsto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, del artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y de los artículos 11 y 13 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias. Clave: 15-M-14340.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 53568
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
34820
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre
Re solución de la Dire cción Ge ne ral de Carre te ras por la que se
aprue ba provisionalme nte e l proye cto de trazado: "Me jora de la
capacidad del enlace entre las autovías M-50 y M-509" y se ordena la
incoación del expediente de información pública a los efectos de lo
previsto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de 16 de diciembre de
1954, de Expropiación Forzosa, del artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de
29 de septiembre, de Carreteras y de los artículos 11 y 13 de la Ley 3/
1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias. Clave: 15-M-14340.
El Director General de Carreteras ha resuelto el día 7 de septiembre de 2022,
en uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento
General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre:
1. Aprobar provisionalmente el proyecto de trazado "Mejora de la capacidad del
enlace entre las autovías M-50 y M-509", redactado con fecha de mayo de 2022,
con las siguientes prescripciones a cumplimentar en el proyecto de construcción:
a. Se deberán tener en cuenta las indicaciones de la Orden FOM/3317/2010,
de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre medidas
específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de
infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.
b. Se deberá proseguir la tramitación de los proyectos de reposición de
servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de
servicios en los proyectos de obras" de 7 de marzo de 1994.
c. Se deberá recabar informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo en el
que se validen los criterios empleados, así como tener en cuenta las
observaciones que ésta formule.
2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo
12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, por lo que el presente
trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados.
- El artículo 12.6 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, y
concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre. Las alegaciones solamente se podrán tener en consideración si
versan sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de
la carretera, sobre la concepción global de su trazado y sobre la reordenación de
accesos que se deriva de la actuación.
- Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
cve: BOE-B-2022-34820
Verificable en https://www.boe.es
3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, se
proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información Pública, de
acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto establece la
Orden Circular 22/07 sobre Instrucciones complementarias para tramitación de
Proyectos, así como:
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 53568
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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
34820
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre
Re solución de la Dire cción Ge ne ral de Carre te ras por la que se
aprue ba provisionalme nte e l proye cto de trazado: "Me jora de la
capacidad del enlace entre las autovías M-50 y M-509" y se ordena la
incoación del expediente de información pública a los efectos de lo
previsto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de 16 de diciembre de
1954, de Expropiación Forzosa, del artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de
29 de septiembre, de Carreteras y de los artículos 11 y 13 de la Ley 3/
1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias. Clave: 15-M-14340.
El Director General de Carreteras ha resuelto el día 7 de septiembre de 2022,
en uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento
General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre:
1. Aprobar provisionalmente el proyecto de trazado "Mejora de la capacidad del
enlace entre las autovías M-50 y M-509", redactado con fecha de mayo de 2022,
con las siguientes prescripciones a cumplimentar en el proyecto de construcción:
a. Se deberán tener en cuenta las indicaciones de la Orden FOM/3317/2010,
de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre medidas
específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de
infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.
b. Se deberá proseguir la tramitación de los proyectos de reposición de
servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de
servicios en los proyectos de obras" de 7 de marzo de 1994.
c. Se deberá recabar informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo en el
que se validen los criterios empleados, así como tener en cuenta las
observaciones que ésta formule.
2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo
12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, por lo que el presente
trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados.
- El artículo 12.6 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, y
concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre. Las alegaciones solamente se podrán tener en consideración si
versan sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de
la carretera, sobre la concepción global de su trazado y sobre la reordenación de
accesos que se deriva de la actuación.
- Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
cve: BOE-B-2022-34820
Verificable en https://www.boe.es
3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, se
proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información Pública, de
acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto establece la
Orden Circular 22/07 sobre Instrucciones complementarias para tramitación de
Proyectos, así como: