III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-18248)
Resolución de 25 de octubre de 2022, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada y la Ciudad de Ceuta, para la realización anual de acciones formativas en materia de discapacidad y accesibilidad englobadas en la "Semana de la discapacidad y la accesibilidad universal".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 151421

Todas las partes, se reconocen capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las
facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que
representan,
EXPONEN
I
Que el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 452/2020, de 10
de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, adscribe a dicho Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales, la entidad gestora de la Seguridad Social Instituto de Mayores y
Servicios Sociales.
Que por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, que regula la estructura
orgánica y funciones del Imserso, le atribuye competencias en materia de los servicios
complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social para personas
mayores, con discapacidad, y en situación de dependencia, como también el
establecimiento y gestión de centros de atención especializada o de aquellos a los que
se les atribuyan objetivos especiales de investigación y ámbito de actuación estatal.
Que en cumplimiento de los fines de interés general y social que tiene
encomendados, estima colaborar a través de su plan de Formación Especializada en
Servicios Sociales en cuantas acciones permitan profundizar en el conocimiento,
tratamiento y atención a los colectivos a los que se dirige su acción dentro del área de
servicios sociales entre los cuales se incluyen las personas mayores y personas con
discapacidad.
II
Que la Universidad de Granada, es una entidad de Derecho Público dedicada a la
prestación del servicio público de la educación superior, mediante la docencia, la
investigación, el estudio, la transferencia del conocimiento a la sociedad y la extensión
universitaria, que conforme al artículo 3 de sus Estatutos, aprobados por
Decreto 231/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio 2011), que tiene entre
sus fines, la transmisión de los valores superiores de nuestra convivencia, la igualdad
entre hombres y mujeres, el apoyo permanente a las personas con necesidades
especiales, el fomento del diálogo, de la paz, del respeto a la diversidad cultural y de la
cooperación entre los pueblos.
Que el artículo 197 de los Estatutos de la Universidad de Granada establece el
compromiso solidario con los países y sectores más desfavorecidos mediante el impulso
de actuaciones formativas, educativas, investigadoras, asistenciales y de promoción que
tiendan a una sociedad más justa, así como la organización de plataformas de
voluntariado. Igualmente fomentará la participación de miembros de la comunidad
universitaria en actividades y proyectos de cooperación internacional y solidaridad.
III
Que por la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de
Ceuta, se atribuye a la Ciudad de Ceuta en su artículo 21.1.15 competencias en materia
de promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones, así
como las actividades culturales de conformidad con lo establecido en el artículo 25.2.m)
de la Ley reguladora de Bases de Régimen Local, Ley 7/1985, de 2 de abril.
Que por Decreto de la Presidencia, de 2 de marzo de 2020 (BOCCE extraordinario
n.º 19, de 3 de marzo) por el que se organiza funcionalmente la Ciudad Autónoma de

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Núm. 267