V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. (BOE-B-2022-34140)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración por la que se autoriza la prestación de servicios del programa de atención humanitaria mediante acción concertada a la entidad FUNDACIÓN LA MERCED MIGRACIONES (LA MERCED).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Viernes 4 de noviembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 52619
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
34140
Re solución de 14 de octubre de 2022, de la Dire cción Ge ne ral de
Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración por la que se
autoriza la pre stación de se rvicios de l programa de ate nción
humanitaria mediante acción concertada a la entidad FUNDACIÓN LA
MERCED MIGRACIONES (LA MERCED).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.1 del Reglamento por el que se
regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por
el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, y de su disposición adicional tercera, la
Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración
determinará mediante resolución las entidades autorizadas a concertar.
Por su parte, la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la
gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción
concertada, en el apartado cinco de su disposición adicional única, por la que se
desarrolla la gestión del programa de atención humanitaria mediante acción
concertada, regula el contenido y alcance de dicha resolución de autorización de
acción concertada.
Con fecha 9 de septiembre de 2022, se recibió en esta Dirección General la
solicitud de la entidad denominada LA MERCED. La mesa de acción concertada,
en su reunión de 11 de octubre de 2022, ha valorado la documentación aportada
por dicha entidad, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos y, de
conformidad con el artículo 43. 4 b) del Reglamento por el que se regula el sistema
de acogida en materia de protección internacional, ha comunicado a esta dirección
general que la entidad puede ser autorizada.
Por todo lo anterior, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 39.1 y en la
disposición adicional tercera del precitado Reglamento y en el apartado 5 de la
disposición adicional única de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, y a propuesta
de la mesa de acción concertada, esta Dirección General de Atención Humanitaria
e Inclusión Social de la Inmigración
RESUELVE
Primero.- Autorizar a la entidad LA MERCED por un periodo de 4 años a la
prestación de servicios de acogida y adicionales del programa de atención
humanitaria mediante acción concertada, definidos en el anexo II de la Orden ISM/
680/2022, de 19 de julio:
a) Acogida Integral. La entidad LA MERCED queda autorizada a gestionar
plazas de acogida para el programa de atención humanitaria dentro de acogida
integral.
2. Servicio de traslados
Segundo.- Esta resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y en la sede electrónica asociada del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones.
cve: BOE-B-2022-34140
Verificable en https://www.boe.es
1. Servicio de acogida:
Núm. 265
Viernes 4 de noviembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 52619
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MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
34140
Re solución de 14 de octubre de 2022, de la Dire cción Ge ne ral de
Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración por la que se
autoriza la pre stación de se rvicios de l programa de ate nción
humanitaria mediante acción concertada a la entidad FUNDACIÓN LA
MERCED MIGRACIONES (LA MERCED).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.1 del Reglamento por el que se
regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por
el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, y de su disposición adicional tercera, la
Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración
determinará mediante resolución las entidades autorizadas a concertar.
Por su parte, la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la
gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción
concertada, en el apartado cinco de su disposición adicional única, por la que se
desarrolla la gestión del programa de atención humanitaria mediante acción
concertada, regula el contenido y alcance de dicha resolución de autorización de
acción concertada.
Con fecha 9 de septiembre de 2022, se recibió en esta Dirección General la
solicitud de la entidad denominada LA MERCED. La mesa de acción concertada,
en su reunión de 11 de octubre de 2022, ha valorado la documentación aportada
por dicha entidad, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos y, de
conformidad con el artículo 43. 4 b) del Reglamento por el que se regula el sistema
de acogida en materia de protección internacional, ha comunicado a esta dirección
general que la entidad puede ser autorizada.
Por todo lo anterior, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 39.1 y en la
disposición adicional tercera del precitado Reglamento y en el apartado 5 de la
disposición adicional única de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, y a propuesta
de la mesa de acción concertada, esta Dirección General de Atención Humanitaria
e Inclusión Social de la Inmigración
RESUELVE
Primero.- Autorizar a la entidad LA MERCED por un periodo de 4 años a la
prestación de servicios de acogida y adicionales del programa de atención
humanitaria mediante acción concertada, definidos en el anexo II de la Orden ISM/
680/2022, de 19 de julio:
a) Acogida Integral. La entidad LA MERCED queda autorizada a gestionar
plazas de acogida para el programa de atención humanitaria dentro de acogida
integral.
2. Servicio de traslados
Segundo.- Esta resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y en la sede electrónica asociada del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones.
cve: BOE-B-2022-34140
Verificable en https://www.boe.es
1. Servicio de acogida: