III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. Prestaciones. (BOE-A-2022-18143)
Orden ISM/1055/2022, de 31 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, por el que se aprueba el Plan para la reordenación y simplificación del sistema de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 151003

Se trata de un modelo que se ha ido construyendo con una elevada dependencia de
la coyuntura socioeconómica del país, con una orientación hacia colectivos concretos.
Esto ha devenido en un sistema con una gran heterogeneidad entre ayudas y requisitos,
de gran complejidad, no siempre comprensibles y accesibles para los potenciales
beneficiarios. Este enfoque hacia colectivos específicos daba lugar a que una parte
significativa de la población en riesgo de pobreza quedara excluida de los sistemas de
ayuda.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV), cuya aparición se produjo con el Real Decretoley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital, y
actualmente regulado por Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el
ingreso mínimo vital, corrige en parte esta situación, al configurarse como una última red
de seguridad del sistema y dotar de coherencia y homogeneidad al esquema de ayuda a
los colectivos más vulnerables, ampliando el esquema hasta entonces dependiente de
las rentas mínimas de las Comunidades Autónomas. Es más, su orientación directa
hacia la identificación de la situación de pobreza hace que el IMV pase a ser un
elemento central del propio sistema, lo que supone una oportunidad para reconfigurar y
simplificar el sistema de garantías.
En este contexto, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino
de España incluye dos hitos fundamentales en el marco de la reforma del sistema. El
hito 319, relativo a la reforma 5 del componente 22 del Plan se refiere a la Publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» del Plan para la reordenación y simplificación del sistema
de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado,
debiendo cumplirse antes de que finalice el tercer trimestre de 2022. El hito 320, también
referido al C22.R5, se refiere a la entrada en vigor de legislación para reorganizar y
simplificar el sistema de prestaciones económicas no contributivas, debiendo cumplirse
antes del cuarto trimestre de 2023.
Para lograr el cumplimiento del hito 319 del C22.R5 y contar con la base necesaria
para el cumplimiento del hito 320, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, en coordinación con el resto de los departamentos ministeriales implicados,
ha elaborado el Plan para la reordenación y simplificación del sistema de prestaciones
económicas no contributivas de la Administración General del Estado.
Para la consecución de los objetivos el plan presenta los siguientes
direccionamientos básicos:
1. Desarrollar y ampliar el IMV para convertirlo en la prestación base del sistema de
garantía de ingresos mínimos.
2. Simplificar las ayudas actuales entorno a él para lo que será necesario evaluar
los parámetros que garanticen la equidad que persigue el plan.
3. Establecer una gobernanza más eficiente entre los distintos órganos gestores,
que requerirá de un sistema de información ágil, con la información y la toma de
decisiones con datos como eje del diseño de prestaciones.

cve: BOE-A-2022-18143
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Núm. 265