V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2022-34098)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada por la que se autoriza administrativamente el cierre definitivo de la Planta Satélite de gas natural licuado, sita en la Avenida Montes Orientales nº 23, Polígono Industrial "La Marcoba", en T.M. de Guadix (Granada). Expediente Nº E-6072.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Jueves 3 de noviembre de 2022

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COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

34098

Re solución de la De le gación Te rritorial de Economía, Hacie nda y
Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada por la
que se autoriza administrativamente el cierre definitivo de la Planta
Satélite de gas natural licuado, sita en la Avenida Montes Orientales nº
23, Polígono Industrial "La Marcoba", en T.M. de Guadix (Granada).
Expediente Nº E-6072.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 10 de septiembre de 1998 se dictó Resolución
Administrativa a MERIDIONAL DE GAS, S.A.U. (ahora REDEXIS GAS, S.A.) para
la distribución de gas natural en el término municipal de Guadix (Granada), para
usos domésticos, comerciales e industriales, Resolución publicada en el B.O.J.A.
nº 119 de 20/10/1998.
SEGUNDO.- Con fecha 24 de marzo de 2022, D. José Enrique Carretero
Verdejo, con NIF 24.273.325-E, en nombre y representación de REDEXIS GAS,
S.A. con C.I.F. A-82.625.021, solicitó a esta Delegación del Gobierno Autorización
Administrativa Previa para el cierre de la planta de GNL, sita en el P.I. "La
Marcoba", manzana 7, parc 22-23 en el t.m. de Guadix. Justificando dicho cierre
por disponer de autorización de explotación de la instalación denominada "Ramal
para suministro de gas natural a Guadix" con fecha 16 de abril de 2021.
TERCERO.- Con fecha 26 de agosto de 2022, por parte del representante de
REDEXIS GAS, S.A. y en respuesta a requerimiento de esta Delegación de 3 de
mayo de 2022, presenta justificante de abono de la tasa correspondiente a esta
solicitud, así como proyecto de cierre y desmantelamiento de la instalación.

PRIMERO.- En la tramitación del expediente se han cumplido los trámites
reglamentarios previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de
Hidrocarburos, Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, el Reglamento
General del Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado por Decreto 2913/
1973, de 26 de octubre, el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio por el que se
aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles
gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias, Decreto 94/2018, de 22
de mayo, por el que se regula el procedimiento de concurrencia de solicitudes de
autorización administrativa para la construcción de instalaciones de gases
combustibles por canalización y se establecen normas de relación con las
autorizaciones de modificaciones de instalaciones, de extensiones de redes y de
acometidas gasistas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
SEGUNDO.- De conformidad con el Titulo II, Capítulo II, artículo 49, de la Ley
Orgánica 2/2007 de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, modificada por la Ley 4/2012, artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de

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