II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-18081)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 150354
según los criterios que se indican en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 24 de julio
de 2008.
6.4 Los aspirantes, a lo largo de todo el proceso selectivo, serán convocados por
las Comisiones de Acceso a los distintos actos mediante único llamamiento, siendo
excluidos del concurso de acceso quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y apreciados como tales por la Comisión. En todo caso,
corresponderá a las Comisiones de Acceso la verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de las pruebas, adoptando al respecto
las decisiones que estimen pertinentes.
6.5 El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la resolución del
concurso no podrá exceder de seis meses, salvo los supuestos de suspensión o
ampliación de este plazo por impugnación u otras causas justificadas apreciadas por
resolución del Rector de la Universidad de Valladolid. A estos efectos, el cómputo de los
plazos establecidos se realizará excluyendo el mes de agosto, durante el cual no tendrán
lugar las actuaciones de las Comisiones de Acceso.
7.
Propuesta de provisión
7.1 Concluido el proceso de valoración, la comisión formulará al Rector la
correspondiente propuesta de provisión, motivada y con carácter vinculante, sin que
pueda proponerse mayor número de candidatos que el de plazas convocadas a
concurso.
Todos los concursos podrán resolverse con la no provisión de la plaza o plazas
convocadas.
7.2 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
7.3 La propuesta de provisión, será publicada por la respectiva Comisión de
Selección en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de Valladolid.
Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de los cinco días
hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones de aquélla, remitirá a través del
procedimiento electrónico establecido el expediente administrativo del concurso. A su
vez se remitirá a la Sección de Provisión de Efectivos, un ejemplar del historial docente,
académico e investigador y los documentos y trabajos presentados por los candidatos;
un ejemplar del proyecto docente e investigador, así como, un ejemplar del resumen del
tema elegido o del trabajo original de investigación expuesto por el candidato en la
segunda prueba. Esta documentación, una vez finalizado el concurso y firme la
resolución del mismo, les podrá ser devuelta si así lo solicitan.
7.4 Los candidatos, específicamente, podrán acceder a los informes o valoraciones
efectuadas por los miembros de la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las
correspondientes copias, previo abono de los precios públicos exigibles.
7.5 Contra la propuesta de la Comisión de Acceso, los candidatos admitidos al
concurso podrán presentar reclamación, ante el Rector de la Universidad, en el plazo
máximo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de su publicación en el
Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de Valladolid.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva. Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones
de la Universidad de Valladolid contemplada en el artículo 151.3 de los Estatutos de la
Universidad y conforme a los criterios previstos en el apartado 4 de este mismo artículo.
La Comisión garantizará la igualdad de las oportunidades de los aspirantes en relación
con el procedimiento seguido y el respeto a los principios de mérito y capacidad de los
mismos, sin que en ningún caso la actuación de la Comisión pueda sustituir valoraciones
de fondo sobre la idoneidad de los aspirantes para las plazas convocadas.
La Comisión de Reclamaciones dispondrá de tres meses para ratificar o no la
propuesta objeto de reclamación. Sus acuerdos, salvo manifiesta ilegalidad, serán
vinculantes para el Rector, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa y serán
cve: BOE-A-2022-18081
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 264
Jueves 3 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 150354
según los criterios que se indican en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 24 de julio
de 2008.
6.4 Los aspirantes, a lo largo de todo el proceso selectivo, serán convocados por
las Comisiones de Acceso a los distintos actos mediante único llamamiento, siendo
excluidos del concurso de acceso quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y apreciados como tales por la Comisión. En todo caso,
corresponderá a las Comisiones de Acceso la verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de las pruebas, adoptando al respecto
las decisiones que estimen pertinentes.
6.5 El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la resolución del
concurso no podrá exceder de seis meses, salvo los supuestos de suspensión o
ampliación de este plazo por impugnación u otras causas justificadas apreciadas por
resolución del Rector de la Universidad de Valladolid. A estos efectos, el cómputo de los
plazos establecidos se realizará excluyendo el mes de agosto, durante el cual no tendrán
lugar las actuaciones de las Comisiones de Acceso.
7.
Propuesta de provisión
7.1 Concluido el proceso de valoración, la comisión formulará al Rector la
correspondiente propuesta de provisión, motivada y con carácter vinculante, sin que
pueda proponerse mayor número de candidatos que el de plazas convocadas a
concurso.
Todos los concursos podrán resolverse con la no provisión de la plaza o plazas
convocadas.
7.2 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
7.3 La propuesta de provisión, será publicada por la respectiva Comisión de
Selección en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de Valladolid.
Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de los cinco días
hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones de aquélla, remitirá a través del
procedimiento electrónico establecido el expediente administrativo del concurso. A su
vez se remitirá a la Sección de Provisión de Efectivos, un ejemplar del historial docente,
académico e investigador y los documentos y trabajos presentados por los candidatos;
un ejemplar del proyecto docente e investigador, así como, un ejemplar del resumen del
tema elegido o del trabajo original de investigación expuesto por el candidato en la
segunda prueba. Esta documentación, una vez finalizado el concurso y firme la
resolución del mismo, les podrá ser devuelta si así lo solicitan.
7.4 Los candidatos, específicamente, podrán acceder a los informes o valoraciones
efectuadas por los miembros de la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las
correspondientes copias, previo abono de los precios públicos exigibles.
7.5 Contra la propuesta de la Comisión de Acceso, los candidatos admitidos al
concurso podrán presentar reclamación, ante el Rector de la Universidad, en el plazo
máximo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de su publicación en el
Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de Valladolid.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva. Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones
de la Universidad de Valladolid contemplada en el artículo 151.3 de los Estatutos de la
Universidad y conforme a los criterios previstos en el apartado 4 de este mismo artículo.
La Comisión garantizará la igualdad de las oportunidades de los aspirantes en relación
con el procedimiento seguido y el respeto a los principios de mérito y capacidad de los
mismos, sin que en ningún caso la actuación de la Comisión pueda sustituir valoraciones
de fondo sobre la idoneidad de los aspirantes para las plazas convocadas.
La Comisión de Reclamaciones dispondrá de tres meses para ratificar o no la
propuesta objeto de reclamación. Sus acuerdos, salvo manifiesta ilegalidad, serán
vinculantes para el Rector, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa y serán
cve: BOE-A-2022-18081
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Núm. 264