I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Organización. (BOE-A-2022-18044)
Ley 7/2022, de 5 de octubre, por la que se autoriza al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias para la adquisición de una posición mayoritaria en la sociedad Zona de Actividades Logísticas e Industriales de Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Jueves 3 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 150297

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
18044

Ley 7/2022, de 5 de octubre, por la que se autoriza al Consejo de Gobierno
del Principado de Asturias para la adquisición de una posición mayoritaria en
la sociedad Zona de Actividades Logísticas e Industriales de Asturias.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en
nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del
Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley
del Principado de Asturias por el que se autoriza al Consejo de Gobierno del Principado
de Asturias para la adquisición de una posición mayoritaria en la sociedad Zona de
Actividades Logísticas e Industriales de Asturias.

1. La Zona de Actividades Logísticas e Industriales de Asturias, SA (Zalia) es una
sociedad pública constituida el 8 de Julio de 2005, cuya composición accionarial es la
siguiente: Principado de Asturias, 40 %; Autoridad Portuaria de Gijón, 30 %; Autoridad
Portuaria de Avilés, 15 %; Ayuntamiento de Gijón, 10 %, y Ayuntamiento de Avilés, 5 %.
2. Zalia se define como un proyecto estratégico del Principado de Asturias, en
sociedad con las Autoridades Portuarias de Avilés y de Gijón y con los Ayuntamientos de
Avilés y Gijón, que consiste en el desarrollo de una plataforma logística que pretende
sumar el valor de las nuevas infraestructuras portuarias, de las nuevas conexiones
ferroviarias y de las nuevas autovías. Para ello, promueve el desarrollo de un polígono
industrial de más de 400 hectáreas en una zona denominada San Andrés de los
Tacones, en el concejo de Gijón, en el nudo de la autovía del Cantábrico (A-8) con la
Ruta de la Plata (A-66). Está comunicada también por ferrocarril con los puertos de Gijón
y Avilés.
3. La financiación de la primera fase del proyecto se ha llevado a cabo
fundamentalmente con crédito bancario en un contexto de fuerte crisis económica que ha
ralentizado las ventas y ha hecho necesario el apoyo de los socios a través de
préstamos participativos. No obstante, ante la intensidad de la citada crisis y sobre todo
la duración de la misma, y ante lo avanzado del proyecto, se hace necesario reducir la
carga financiera de la mercantil con el fin de favorecer su viabilidad futura.
4. Ello permitirá la entrada del grupo Sepides como nuevo socio en el proyecto,
garantizando la finalización de las obras, así como participando de manera activa en la
fase de comercialización, lo que sin duda contribuirá a poner el suelo a disposición de las
empresas y, en última instancia, a generar riqueza y puestos de trabajo en el Principado
de Asturias.
5. Con el fin de dar este nuevo enfoque a la mercantil, a través de la presente ley
se plantea habilitar a la Administración autonómica para la adquisición de una posición
mayoritaria en Zalia, mediante la capitalización del préstamo participativo desembolsado
incluido los intereses devengados.
6. Igualmente, dado que se requerirán complejos trámites que pueden alargarse en
el tiempo, y con el fin de hacer frente a las necesidades de Zalia durante el período

cve: BOE-A-2022-18044
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PREÁMBULO