II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18021)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Universidad de León, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 149830
b) Los nacionales de otros Estados que, de conformidad con la base 2.1.1, puedan
acceder a las plazas convocadas, deberán aportar original y copia de la documentación
que presentaron con su instancia de participación.
c) Original y copia para su compulsa del título académico o certificación del pago de
los derechos de expedición del título. Asimismo, y en el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero, se deberá aportar la documentación que acredite su homologación o
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
d) Declaración jurada o promesa de no hallarse en ninguna de las circunstancias
establecidas en la base 2.1.4.
e) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones correspondientes a la
escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Archivos. Este certificado habrá de ser
expedido por el Facultativo de Medicina General que oficialmente corresponda al
interesado. En caso de que no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social,
será expedido por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad u organismos correspondientes de las comunidades autónomas.
f) Los aspirantes con discapacidad deberán presentar certificación de los órganos
competentes en materia de servicios sociales, que acredite tal condición y su
compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas a las que han
sido seleccionados.
9.2 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9.3 A los aspirantes aprobados se les ofertarán como primer destino, puestos
vacantes de la escala, adjudicándose por el orden de puntuación total obtenida en el
proceso selectivo a la vista de las peticiones efectuadas por estos.
9.4 Por la autoridad convocante, y vista la propuesta del Tribunal calificador, se
procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante resolución que será
publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» con indicación del destino adjudicado.
9.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de
un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín
Oficial de Castilla y León».
10.
Norma final
10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas,
se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que
adopte el tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El tribunal se haya
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases,
así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las
pruebas selectivas.
10.2 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día
siguiente de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de León
(artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, en relación con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad de León, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la
presente resolución, en este caso, no podrá interponerse el recurso contenciosoadministrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya
producido la desestimación presunta del de reposición.
cve: BOE-A-2022-18021
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 263
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 149830
b) Los nacionales de otros Estados que, de conformidad con la base 2.1.1, puedan
acceder a las plazas convocadas, deberán aportar original y copia de la documentación
que presentaron con su instancia de participación.
c) Original y copia para su compulsa del título académico o certificación del pago de
los derechos de expedición del título. Asimismo, y en el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero, se deberá aportar la documentación que acredite su homologación o
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
d) Declaración jurada o promesa de no hallarse en ninguna de las circunstancias
establecidas en la base 2.1.4.
e) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones correspondientes a la
escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Archivos. Este certificado habrá de ser
expedido por el Facultativo de Medicina General que oficialmente corresponda al
interesado. En caso de que no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social,
será expedido por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad u organismos correspondientes de las comunidades autónomas.
f) Los aspirantes con discapacidad deberán presentar certificación de los órganos
competentes en materia de servicios sociales, que acredite tal condición y su
compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas a las que han
sido seleccionados.
9.2 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9.3 A los aspirantes aprobados se les ofertarán como primer destino, puestos
vacantes de la escala, adjudicándose por el orden de puntuación total obtenida en el
proceso selectivo a la vista de las peticiones efectuadas por estos.
9.4 Por la autoridad convocante, y vista la propuesta del Tribunal calificador, se
procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante resolución que será
publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» con indicación del destino adjudicado.
9.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de
un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín
Oficial de Castilla y León».
10.
Norma final
10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas,
se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que
adopte el tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El tribunal se haya
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases,
así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las
pruebas selectivas.
10.2 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día
siguiente de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de León
(artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, en relación con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad de León, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la
presente resolución, en este caso, no podrá interponerse el recurso contenciosoadministrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya
producido la desestimación presunta del de reposición.
cve: BOE-A-2022-18021
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Núm. 263