II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18020)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Auxiliares de Biblioteca.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 149814
13.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la presente
convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
13.3 Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios de carrera en otra
Administración Pública estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya
acreditados para obtener su anterior nombramiento debiendo presentar, únicamente,
certificación del Ministerio u Organismo del que dependa por la que se acredite su
condición y requisitos para ser nombrado funcionario de la Escala Auxiliares de
Biblioteca de la Universidad Complutense. Se indicará el número e importe de los
trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
13.4 Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la Base quinta de esta convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
13.5 En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes,
o de cualquier otra causa que impida definitivamente su nombramiento como funcionario,
siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes
que el de plazas convocadas, el Rector de la Universidad, con el fin de asegurar la
cobertura de la totalidad de dichas plazas, requerirá al Tribunal Calificador relación
complementaria de los aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios de la
Oposición, y, por orden de puntuación alcanzada, sumadas las puntuaciones de los dos
ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto, los aspirantes incluidos en esta relación complementaria deberán
presentar la documentación acreditativa que se detalla en esta misma Base, en el plazo
de diez días hábiles desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la
Universidad Complutense (http://www.ucm.es/pas-funcionario).
13.6 La adjudicación de puestos de trabajo entre los aspirantes que superen el
proceso selectivo se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los
puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo.
13.7 Comprobado que los aspirantes, cuyo número no podrá superar al de plazas
convocadas, reúnen los requisitos de la Base quinta de la presente convocatoria, serán
nombrados funcionarios de carrera de la Escala Auxiliares de Biblioteca de la
Universidad Complutense, mediante Resolución de este Rectorado, que será publicada
en los lugares que se indican en la Base cuarta, 4.3, de esta convocatoria.
13.8 La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso
selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha
de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el «Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid».
Protección de datos.
14.1 La Universidad Complutense de Madrid es responsable del tratamiento de los
datos personales recabados del interesado con la finalidad de gestionar los procesos de
selección de personal. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una
obligación legal y de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos a la Universidad Complutense de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 6.1., apartados c y e del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Diario Oficial de la Unión Europea de 4 de mayo).
14.2 Los datos personales de los interesados aparecerán publicados en las
comunicaciones de las diferentes fases del procedimiento y sobre los mismos podrán
ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de
limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, en los
términos estipulados en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016 (Diario Oficial de la Unión Europea de 4 de mayo), ante
cve: BOE-A-2022-18020
Verificable en https://www.boe.es
Decimocuarta.
Núm. 263
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 149814
13.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la presente
convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
13.3 Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios de carrera en otra
Administración Pública estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya
acreditados para obtener su anterior nombramiento debiendo presentar, únicamente,
certificación del Ministerio u Organismo del que dependa por la que se acredite su
condición y requisitos para ser nombrado funcionario de la Escala Auxiliares de
Biblioteca de la Universidad Complutense. Se indicará el número e importe de los
trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
13.4 Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la Base quinta de esta convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
13.5 En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes,
o de cualquier otra causa que impida definitivamente su nombramiento como funcionario,
siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes
que el de plazas convocadas, el Rector de la Universidad, con el fin de asegurar la
cobertura de la totalidad de dichas plazas, requerirá al Tribunal Calificador relación
complementaria de los aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios de la
Oposición, y, por orden de puntuación alcanzada, sumadas las puntuaciones de los dos
ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto, los aspirantes incluidos en esta relación complementaria deberán
presentar la documentación acreditativa que se detalla en esta misma Base, en el plazo
de diez días hábiles desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la
Universidad Complutense (http://www.ucm.es/pas-funcionario).
13.6 La adjudicación de puestos de trabajo entre los aspirantes que superen el
proceso selectivo se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los
puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo.
13.7 Comprobado que los aspirantes, cuyo número no podrá superar al de plazas
convocadas, reúnen los requisitos de la Base quinta de la presente convocatoria, serán
nombrados funcionarios de carrera de la Escala Auxiliares de Biblioteca de la
Universidad Complutense, mediante Resolución de este Rectorado, que será publicada
en los lugares que se indican en la Base cuarta, 4.3, de esta convocatoria.
13.8 La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso
selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha
de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el «Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid».
Protección de datos.
14.1 La Universidad Complutense de Madrid es responsable del tratamiento de los
datos personales recabados del interesado con la finalidad de gestionar los procesos de
selección de personal. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una
obligación legal y de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos a la Universidad Complutense de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 6.1., apartados c y e del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Diario Oficial de la Unión Europea de 4 de mayo).
14.2 Los datos personales de los interesados aparecerán publicados en las
comunicaciones de las diferentes fases del procedimiento y sobre los mismos podrán
ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de
limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, en los
términos estipulados en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016 (Diario Oficial de la Unión Europea de 4 de mayo), ante
cve: BOE-A-2022-18020
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Decimocuarta.