II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18016)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo de acceso, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Escala de Subalternos (Grupo E).
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Miércoles 2 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 149748

(funcionario de carrera), FI (funcionario interino), LF (Laboral fijo), LT (laboral temporal) o
InoF (Laboral indefinido no fijo).
3.3.4 En supuestos de discapacidad se hará constar dicha condición y el grado
reconocido por las autoridades competentes, acompañando la correspondiente
justificación.
3.4 Los derechos de participación serán de 28 euros, y se ingresarán en UNICAJA,
Número de cuenta: ES92 2103 8557 1100 3000 0604, bajo el nombre, «Proceso
Selectivo de estabilización para el ingreso en la Escala de Subalternos de la Universidad
de Oviedo». Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará
una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es
subsanable y determinará la exclusión del aspirante.
3.5

A la solicitud se acompañará:

3.5.1 Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite las
condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española. (Su omisión
es causa de exclusión)
3.5.2 Justificante de haber abonado los derechos de participación en la
convocatoria. (Su omisión es causa de exclusión)
3.5.3 Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida para el acceso. (Su
omisión es causa de exclusión)
3.5.4 Certificación acreditativa (Hoja de servicios) de los servicios prestados en la
Universidad de Oviedo como funcionario de la Escala de Subalternos (Grupo E,
Agrupación profesional) como auxiliar de servicios, como coordinador de servicios, como
conserje y como ordenanza, así como de los en ella reconocidos cuando hayan sido
prestados en otras Administraciones Públicas y/o certificación acreditativa de los
servicios prestados exclusivamente con dichas categorías como personal funcionario o
laboral en otras Administraciones Publicas, siempre y cuando quede acreditado que el
contenido funcional del puesto desempeñado es sustancialmente coincidente y que se
justifique mediante el Anexo I de servicios prestados expedido por el correspondiente
Servicio de Gestión de Personal. Cuando se hayan prestado servicios en la Universidad
de Oviedo, dicha certificación se aportará de oficio por su Servicio de Gestión de
Personal.
3.5.5 Justificación fehaciente de todos los méritos académicos invocados en la
solicitud.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Oviedo, a propuesta del Tribunal Calificador, dictará Resolución en el plazo máximo
de un mes, que se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo, y aprobará
las listas provisionales de admitidos y excluidos con indicación de las causas de la
exclusión. En las listas deberán constar en todo caso los apellidos, nombre y algunos
dígitos del número del Documento Nacional de Identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en la página web de
la Universidad de Oviedo, para poder subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión o la omisión de las relaciones de admitidos y excluidos, así como para aportar
documentación a los efectos de justificar adecuadamente los méritos ya invocados en la
solicitud inicial.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen
sobre la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la convocatoria.

cve: BOE-A-2022-18016
Verificable en https://www.boe.es

4. Admisión de aspirantes