III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Sellos de correos. (BOE-A-2022-17938)
Resolución de 28 de octubre de 2022, conjunta de las Subsecretarías de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y de Hacienda y Función Pública, sobre emisión y puesta en circulación de dos series de sellos de correo denominadas "Efemérides.- 2022. 40 Aniversario de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas (1982)" y "Personajes de la Historia.- 2022. Luisa Roldán, «La Roldana»".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Martes 1 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 149012

Características técnicas:








Procedimiento de impresión: Offset.
Soporte: Estucado, engomado, fosforescente.
Formato del sello: 28,8 x 40,9 mm (vertical).
Dentado del sello: 131/4 (horizontal) y 133/4 (vertical).
Efectos en pliego: 25 sellos.
Valor postal del sello: 1 €.
Tirada: 135.000 sellos.

Tercero. Puesta en circulación y distribución. .
1. La venta y puesta en circulación de las dos series se iniciará, respectivamente, el
día 2 y 3 de noviembre de 2022.
2. La distribución a los puntos de venta de las dos series cesará el 31 de diciembre
de 2024, no obstante, conservarán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta
que se dicte orden en contrario. Una vez alcanzada dicha fecha, la Sociedad Estatal
Correos y Telégrafos, SA, S.M.E., podrá interesar de la Fábrica Nacional de Moneda y
Timbre-Real Casa de la Moneda la inutilización de los sellos sobrantes de la emisión.
Cuarto.

Reservas.

De todos estos efectos la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la
Moneda reservará a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E.,
un mínimo de 2.500 unidades de cada efecto, para atender los compromisos derivados
de la pertenencia a la Unión Postal Universal y a otros organismos internacionales, así
como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para
la promoción de la filatelia.
Otras 500 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de intercambio con los
Organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de
dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.
Quinto.

Material utilizado para la impresión.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá
a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro
elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte,
a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o
estampillado de la emisión encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser
destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal
y Telegráfico o cualquier otro museo de interés en la materia. En tal caso se extenderá el
acta correspondiente, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de
depósito se integren en alguno de los indicados museos.

cve: BOE-A-2022-17938
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 28 de octubre de 2022.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez García.–La Subsecretaria de Hacienda y Función
Pública, Pilar Paneque Sosa.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X