III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-17946)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Santa Bàrbara, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Martes 1 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 149074

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
17946

Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Santa Bàrbara, para el
desarrollo del programa de formación abierta «Aula Mentor».

El Ayuntamiento de Santa Bàrbara y el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, han suscrito, con fecha 21 de octubre de 2022, un convenio para el
desarrollo del programa de formación abierta denominado «Aula Mentor», por lo que
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 25 de octubre de 2022.–El Secretario General Técnico, Santiago Antonio
Roura Gómez.
ANEXO
Convenio entre el Ayuntamiento de Santa Bàrbara y el Ministerio de Educación y
Formación Profesional para el desarrollo del programa de formación abierta
denominado «Aula Mentor»
REUNIDOS
De una parte: El Sr. D. Antonio Ollés Molías, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Santa Bàrbara nombrado por Pleno en fecha 17 de marzo de 2020.
De otra parte: El Ministerio de Educación y Formación Profesional con domicilio
social en Calle Alcalá, número 34, de Madrid, representado en este acto por Dña. Clara
Sanz López, Secretaria General de Formación Profesional, en virtud del Real
Decreto 178/2020, de 29 de enero, por el que se dispone su nombramiento, y actuando
en el ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 17.1.d de la Orden
EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
En adelante, ambas entidades serán denominadas de manera conjunta como las
Partes.
Ambas Partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les
otorgan, se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente convenio, y a
tal fin

I. Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 5.4
establece que «corresponde a las Administraciones públicas promover ofertas de
aprendizaje flexibles que permitan la adquisición de competencias básicas y, en su caso,
las correspondientes titulaciones, a aquellos jóvenes y adultos que abandonaron el
sistema educativo sin ninguna titulación».
II. Que conforme al Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional,
corresponde a la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional ejercer,
entre otras, las siguientes funciones: la realización de programas de formación y

cve: BOE-A-2022-17946
Verificable en https://www.boe.es

EXPONEN