III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-17955)
Resolución de 24 de octubre de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Alianza Fiduciaria, SA, vocera del fideicomiso Teatro Mayor, para la organización del evento "España, país invitado de honor 2022-2023" en el teatro Julio Mario Santo Domingo de Bogotá, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de noviembre de 2022

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En todos los casos, por un importe máximo de 125.000 euros:
– Gastos de aduana de entrada y salida, transporte interno de carga, personal de
carga y descarga.
– Pago de derechos de autor, publicidad y ediciones.
– Implantación técnica del espectáculo (ficha técnica).
– Personal y servicios generales para la organización de los espectáculos.
– Otros gastos que puedan ser necesarios para las funciones.
La estimación económica de la participación de El Teatro se cuantifica en un máximo
de 802.500 euros (ochocientos dos mil quinientos euros), impuestos incluidos.
En este sentido las actuaciones previstas en el presente Convenio no darán lugar a
contraprestación financiera entre las Partes.
Cuarta. Obligación de cumplimiento de las disposiciones comunitarias sobre el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Las partes se comprometen a cumplir la totalidad de las disposiciones comunitarias
sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular, aunque no de manera
exclusiva:
1. A cumplir con la obligación de aseguramiento de la regularidad del gasto
subyacente y de la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y
corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación,
así como no hacer daño significativo al medio ambiente.
2. Al cumplimiento de la normativa sobre Ayudas de Estado.
3. A contribuir a la fiabilidad del sistema en general y del sistema de seguimiento de
indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos y de seguimiento del coste estimado en
particular.
4. A guardar la trazabilidad de cada una de las medidas, así como de disponer de
un sistema que permita calcular y seguir los objetivos cuyo nivel de consecución tiene
que reportar RedIRIS.
5. A comunicar y facilitar la información disponible sobre la financiación comunitaria
de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. A someterse a las actuaciones de las autoridades de control, nacionales o
comunitarias o de las entidades que actúen bajo su coordinación o responsabilidad.
Quinta. Principio do no significant harm – DNSH.
Las partes se comprometen al cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio
significativo» (DO C 58 de 18 de febrero de 2021, p. 1), y por lo tanto, el objeto del
presente convenio excluye lo enumerado a continuación:
i) Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización
ulterior de los mismos, excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados
con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la
infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones
establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no
causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18 de febrero de 2021, p. 1).
ii) Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de
la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de
efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de
referencia pertinentes. Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto
invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente
inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación
motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita
de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de

cve: BOE-A-2022-17955
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Núm. 262