III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Competencias profesionales. (BOE-A-2022-17939)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se convoca procedimiento para la evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales no incluidas en ofertas de títulos de formación profesional o en certificados de profesionalidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Martes 1 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 149031

ANEXO IV
Certificado de empresa u organización de descripción de funciones para personas
voluntarias y becarias
Nombre/razón social

NIF/NIE

Domicilio

Código postal

Teléfono

Correo electrónico
Datos del representante

Nombre y apellidos
Cargo o función

NIF/NIE
Correo electrónico

Certifica
Que don/doña.
Con NIF/NIE
ha colaborado con esta entidad, realizando las funciones descritas en el cuadro siguiente, relacionadas
con las unidades de competentica:
UC2490_2: Aplicar tecnologías habilitadoras digitales para la gestión de dispositivos y datos en el entorno
profesional.
UC2491_2 Aplicar tecnologías habilitadoras digitales para la gestión de contenidos en el entorno
profesional.
Ocupación

Funciones realizadas

Fecha inicio

Fecha fin

Responsable

Secretaría General de Formación Profesional. Calle Alcalá 34, 28071 Madrid

Nombre de la
actividad

Acreditación de determinadas unidades de competencias del Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales no incluidas en ofertas formativas de títulos de
formación profesional o en certificados de profesionalidad

Finalidad

Acreditación y certificación de competencias.

Legitimación

Artículo 6.1.e) del Reglamento (UE) 2016/679.
Ley 3/2022 de 31 de marzo de ordenación e integración de la Formación Profesional
No hay cesión de datos.

Destinatarios

Derechos

Puede ejercitar los derechos de los artículos 15 al 22 del Reglamento, que sean de
aplicación de acuerdo a la base jurídica del tratamiento, ante el Delegado de
Protección de Datos (dpd@educacion.gob.es). Podrá hacerlo en la sede electrónica
del Ministerio, presencialmente en las oficinas de registro o por correo postal.
Asimismo, puede presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de
Datos, autoridad de control en materia de protección de datos personales, cuando no
haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos. (www.aepd.es/es).

cve: BOE-A-2022-17939
Verificable en https://www.boe.es

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