III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energías renovables. (BOE-A-2022-17796)
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se resuelve subasta celebrada para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148531
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17796
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se resuelve subasta celebrada para el
otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo
dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
Primero. El Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el
régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía
eléctrica establece un marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir
de fuentes de energía renovables, denominado régimen económico de energías
renovables.
Conforme se indica en su artículo 4, mediante orden ministerial se regulará el
mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías
renovables y las características de dicho régimen económico, pudiendo incluir, entre
otros aspectos, las tecnologías, condiciones y garantías para participar en la subasta, el
producto a subastar, así como los parámetros y el resto de elementos que configuran y
concretan el régimen económico de energías renovables, concluyendo que las subastas
serán convocadas mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado
de Energía.
Asimismo, en virtud de los artículos 10 y 11 del Real Decreto 960/2020, de 3 de
noviembre, la entidad administradora de la subasta es OMEL Diversificación, SAU, y la
entidad supervisora de la subasta es la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia.
Segundo. Al amparo del artículo 4.1 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre,
se aprobó la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer
mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías
renovables y se establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025.
Tercero. De acuerdo con el artículo 4.2 del Real Decreto 960/2020, de 3 de
noviembre, y el artículo 6 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, se aprobó la
Resolución de 18 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se
convoca la tercera subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías
renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
Conforme se indica en su resuelvo tercero, se aprueban dos productos a subastar.
Para el primer producto dirigido a instalaciones nuevas de los grupos y subgrupos
b.1.2, b.3, b.4, b.5, b.6, b.7 y b.8 y modificaciones de instalaciones existentes de los
grupos b.4 y b.5, se establece un cupo de 380 MW de potencia instalada, de acuerdo
con la definición del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, que podrá ser
aumentado hasta un máximo de 418 MW, lo que supone que el porcentaje de exceso de
cupo en el procedimiento de casación es del 10 %.
Para el segundo producto dirigido a nuevas instalaciones fotovoltaicas de generación
distribuida con carácter local, del subgrupo b.1.1, se establece un cupo de 140 MW de
potencia instalada, de acuerdo con la definición del artículo 3 del Real Decreto 413/2014,
de 6 de junio, que podrá ser aumentado hasta un máximo de 144,2 MW, lo que supone
que el porcentaje de exceso de cupo en el procedimiento de casación es del 3 %.
cve: BOE-A-2022-17796
Verificable en https://www.boe.es
Esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, expone los siguientes fundamentos jurídicos
que motivan la presente resolución:
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148531
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17796
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se resuelve subasta celebrada para el
otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo
dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
Primero. El Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el
régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía
eléctrica establece un marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir
de fuentes de energía renovables, denominado régimen económico de energías
renovables.
Conforme se indica en su artículo 4, mediante orden ministerial se regulará el
mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías
renovables y las características de dicho régimen económico, pudiendo incluir, entre
otros aspectos, las tecnologías, condiciones y garantías para participar en la subasta, el
producto a subastar, así como los parámetros y el resto de elementos que configuran y
concretan el régimen económico de energías renovables, concluyendo que las subastas
serán convocadas mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado
de Energía.
Asimismo, en virtud de los artículos 10 y 11 del Real Decreto 960/2020, de 3 de
noviembre, la entidad administradora de la subasta es OMEL Diversificación, SAU, y la
entidad supervisora de la subasta es la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia.
Segundo. Al amparo del artículo 4.1 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre,
se aprobó la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer
mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías
renovables y se establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025.
Tercero. De acuerdo con el artículo 4.2 del Real Decreto 960/2020, de 3 de
noviembre, y el artículo 6 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, se aprobó la
Resolución de 18 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se
convoca la tercera subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías
renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
Conforme se indica en su resuelvo tercero, se aprueban dos productos a subastar.
Para el primer producto dirigido a instalaciones nuevas de los grupos y subgrupos
b.1.2, b.3, b.4, b.5, b.6, b.7 y b.8 y modificaciones de instalaciones existentes de los
grupos b.4 y b.5, se establece un cupo de 380 MW de potencia instalada, de acuerdo
con la definición del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, que podrá ser
aumentado hasta un máximo de 418 MW, lo que supone que el porcentaje de exceso de
cupo en el procedimiento de casación es del 10 %.
Para el segundo producto dirigido a nuevas instalaciones fotovoltaicas de generación
distribuida con carácter local, del subgrupo b.1.1, se establece un cupo de 140 MW de
potencia instalada, de acuerdo con la definición del artículo 3 del Real Decreto 413/2014,
de 6 de junio, que podrá ser aumentado hasta un máximo de 144,2 MW, lo que supone
que el porcentaje de exceso de cupo en el procedimiento de casación es del 3 %.
cve: BOE-A-2022-17796
Verificable en https://www.boe.es
Esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, expone los siguientes fundamentos jurídicos
que motivan la presente resolución: