III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Entidades de crédito. (BOE-A-2022-17817)
Resolución de 21 de octubre de 2022, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de multa por la comisión de infracción muy grave a Gesvalt Sociedad de Tasación, SA, y a sus cargos de administración y dirección don Germán Casaseca Hontoria, doña Sandra Aránzazu Daza Silva y don Guillermo Masso López.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148714

accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están
sujetos los profesionales a su servicio.
− Sanción de multa impuesta a don Germán Casaseca Hontoria, presidente y
consejero delegado de Gesvalt Sociedad de Tasación, SA, por importe de trece mil
seiscientos euros (13.600 €) –tras la aplicación de la reducción del 20 % por
pago voluntario contemplada en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas–, prevista en el
artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y
solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada
en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado
hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa,
técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa
de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer
la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento
uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de
accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están
sujetos los profesionales a su servicio.
− Sanción de multa impuesta a don Guillermo Masso López, consejero de Gesvalt
Sociedad de Tasación, SA, por importe de seis mil cuatrocientos euros (6.400 €) –tras la
aplicación de la reducción del 20 % por pago voluntario contemplada en el artículo 85 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas–, prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de
junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de
una infracción muy grave, tipificada en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de
marzo, de regulación del mercado hipotecario, consistente en presentar deficiencias en
la organización administrativa, técnica o de personal o en los procedimientos de control
interno, resultando que a causa de tales deficiencias no ha quedado asegurada la
capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario
en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su
independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de
incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio.

cve: BOE-A-2022-17817
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Madrid, 21 de octubre de 2022.–El Secretario General del Banco de España,
Francisco-Javier Priego Pérez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X