III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. (BOE-A-2022-17798)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU, autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto "Sustitución de la unidad turbocompresora TC-103 por la unidad motocompresora MC-103 de la E.C. Coreses (Zamora)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148544
El mencionado proyecto, se enmarca dentro de un plan de mejora de eficiencia
energética y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en las estaciones
de compresión de la empresa ENAGAS y tiene por objeto la sustitución de una unidad de
turbocompresión, que acciona el compresor empleando una turbina de gas natural, por
una unidad de motocompresión que utiliza un motor eléctrico para accionar dicho
compresor. Esta sustitución presenta una serie de ventajas considerables, al aumentar la
eficiencia en el uso de energía, disminuir las emisiones directas e indirectas de gases de
efecto invernadero y reducir los mantenimientos requeridos, entre otras.
La solicitud de la empresa ENAGAS, así como el proyecto técnico de las
instalaciones y el anexo de expropiaciones, han sido sometidos a trámite de información
pública, durante un plazo no inferior a veinte días, de acuerdo con lo previsto en el
Título IV del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, a cuyos efectos resultaron las
correspondientes publicaciones; en el «Boletín Oficial del Estado» número 84, en el
«Boletín Oficial de la provincia de Zamora» número 43 y la publicación en el periódico
«El Norte de Castilla» y en el periódico «La Opinión de Zamora», todas ellas de fecha 8
de abril de 2022.
Adicionalmente, el proyecto y la documentación asociada fueron publicados en el
sitio web de la Delegación del Gobierno en Castilla y León, durante un tiempo superior al
plazo mínimo requerido de 30 días hábiles.
Una vez transcurrido el plazo reglamentariamente establecido, se ha recibido una
alegación de un particular, en la que se solicitan cambios en la ubicación de apoyos y
trazado de la línea eléctrica de 45 kV con el fin de que la afección se minimice en los
terrenos de su propiedad.
ENAGAS emitió escrito de contestación, de 27 de mayo, indicando que el trazado de
la línea se ha diseñado teniendo en cuenta conversaciones previas mantenidas con el
propietario y minimizando la afección a los terrenos de su propiedad.
Asimismo, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 80 del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, dentro del trámite de solicitud de información a
otras Administraciones, Organismos y/o empresas de interés general, se ha solicitado
informe, con fecha 4 de abril de 2022, a los organismos y entidades competentes sobre
determinados bienes públicos y servicios que pudiesen resultar afectados por las
infraestructuras objeto del proyecto, habiéndose recibido algunas contestaciones de los
mismos indicando las condiciones en que deben verificarse las afecciones
correspondientes. Con fecha 11 de mayo de 2022 se remitió reiteración a algunos
Organismos que no habían contestado. Por parte de ENAGAS se ha dado contestación
a los informes recibidos de los organismos afectados, manifestando su conformidad.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Zamora, ha emitido informe, con fecha 1 de junio de 2022, sobre el expediente
relativo a la ejecución de las instalaciones del referido proyecto en la provincia de
Zamora, de acuerdo con lo previsto en los artículos 81, 84.5 y 97, así como en los
artículos 98 y 99, del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.
Por todo ello, se considera que se han respetado en la mayor medida posible los
derechos particulares, los cuales han sido tenidos en cuenta haciéndolos compatibles en
los aspectos técnicos y económicos respecto a un trazado idóneo del nuevo tendido
eléctrico.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 7.35 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, con arreglo al cual
corresponde al citado Organismo la función de informar los expedientes de autorización
de instalaciones de la red básica de gas natural, la Sala de Supervisión Regulatoria de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en su sesión celebrada el día 22
de septiembre de 2022, ha emitido informe en relación con la referida solicitud de
autorización.
Según lo previsto en el artículo 89 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, el Gestor Técnico del Sistema ha remitido, con fecha 20 de septiembre
de 2022, informe mostrando su conformidad con respecto al cierre y
cve: BOE-A-2022-17798
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148544
El mencionado proyecto, se enmarca dentro de un plan de mejora de eficiencia
energética y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en las estaciones
de compresión de la empresa ENAGAS y tiene por objeto la sustitución de una unidad de
turbocompresión, que acciona el compresor empleando una turbina de gas natural, por
una unidad de motocompresión que utiliza un motor eléctrico para accionar dicho
compresor. Esta sustitución presenta una serie de ventajas considerables, al aumentar la
eficiencia en el uso de energía, disminuir las emisiones directas e indirectas de gases de
efecto invernadero y reducir los mantenimientos requeridos, entre otras.
La solicitud de la empresa ENAGAS, así como el proyecto técnico de las
instalaciones y el anexo de expropiaciones, han sido sometidos a trámite de información
pública, durante un plazo no inferior a veinte días, de acuerdo con lo previsto en el
Título IV del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, a cuyos efectos resultaron las
correspondientes publicaciones; en el «Boletín Oficial del Estado» número 84, en el
«Boletín Oficial de la provincia de Zamora» número 43 y la publicación en el periódico
«El Norte de Castilla» y en el periódico «La Opinión de Zamora», todas ellas de fecha 8
de abril de 2022.
Adicionalmente, el proyecto y la documentación asociada fueron publicados en el
sitio web de la Delegación del Gobierno en Castilla y León, durante un tiempo superior al
plazo mínimo requerido de 30 días hábiles.
Una vez transcurrido el plazo reglamentariamente establecido, se ha recibido una
alegación de un particular, en la que se solicitan cambios en la ubicación de apoyos y
trazado de la línea eléctrica de 45 kV con el fin de que la afección se minimice en los
terrenos de su propiedad.
ENAGAS emitió escrito de contestación, de 27 de mayo, indicando que el trazado de
la línea se ha diseñado teniendo en cuenta conversaciones previas mantenidas con el
propietario y minimizando la afección a los terrenos de su propiedad.
Asimismo, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 80 del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, dentro del trámite de solicitud de información a
otras Administraciones, Organismos y/o empresas de interés general, se ha solicitado
informe, con fecha 4 de abril de 2022, a los organismos y entidades competentes sobre
determinados bienes públicos y servicios que pudiesen resultar afectados por las
infraestructuras objeto del proyecto, habiéndose recibido algunas contestaciones de los
mismos indicando las condiciones en que deben verificarse las afecciones
correspondientes. Con fecha 11 de mayo de 2022 se remitió reiteración a algunos
Organismos que no habían contestado. Por parte de ENAGAS se ha dado contestación
a los informes recibidos de los organismos afectados, manifestando su conformidad.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Zamora, ha emitido informe, con fecha 1 de junio de 2022, sobre el expediente
relativo a la ejecución de las instalaciones del referido proyecto en la provincia de
Zamora, de acuerdo con lo previsto en los artículos 81, 84.5 y 97, así como en los
artículos 98 y 99, del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.
Por todo ello, se considera que se han respetado en la mayor medida posible los
derechos particulares, los cuales han sido tenidos en cuenta haciéndolos compatibles en
los aspectos técnicos y económicos respecto a un trazado idóneo del nuevo tendido
eléctrico.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 7.35 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, con arreglo al cual
corresponde al citado Organismo la función de informar los expedientes de autorización
de instalaciones de la red básica de gas natural, la Sala de Supervisión Regulatoria de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en su sesión celebrada el día 22
de septiembre de 2022, ha emitido informe en relación con la referida solicitud de
autorización.
Según lo previsto en el artículo 89 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, el Gestor Técnico del Sistema ha remitido, con fecha 20 de septiembre
de 2022, informe mostrando su conformidad con respecto al cierre y
cve: BOE-A-2022-17798
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Núm. 261