III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Mercado de valores. (BOE-A-2022-17819)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica la sanción por infracción grave impuesta a ACapital BB, AV, SA.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148717

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
17819

Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Comisión Nacional del Mercado
de Valores, por la que se publica la sanción por infracción grave impuesta a
ACapital BB, AV, SA.

Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a ACapital BB, AV, SA, por la
existencia de diversas deficiencias en relación con el procedimiento y registro de
agentes, las funciones de control de la entidad, los registros obligatorios y los
procedimientos de la entidad, entre ellos, el de información de incentivos a clientes, se
procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 313 quater de la Ley del
Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015,
de 23 de octubre, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores de fecha 29 de junio de 2022 que, tras la exposición de
hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a ACapital BB, AV, SA, por la comisión de una infracción grave tipificada
en el artículo 296.5 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real
Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el incumplimiento de los requisitos de
organización interna previstos en el artículo 193 del mismo texto legal y su normativa de
desarrollo, una multa por importe de 20.000 euros (veinte mil euros).
La resolución que impone la sanción antes citada es firme en vía administrativa,
siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional.

cve: BOE-A-2022-17819
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 11 de octubre de 2022.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado
de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X