III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-17712)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, por la que se publica el Convenio con la Fundación Cultural Oficina Media España, la Asociación Zineuskadi, el Institut Català de les Empreses Culturals y la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para la organización y funcionamiento de la Oficina Europa Creativa en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Sábado 29 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148051

elevados a documento público por José Carlos Arnedo Ruiz, Notario del Ilustre Colegio
del País Vasco, el 17 de febrero de 2017,
De otra parte, don Miquel Curanta i Girona, Director del Institut Català de les
Empreses Culturals, entidad adscrita al Departamento de Cultura de la Generalitat de
Cataluña, nombrado por Resolución CLT/2667/2018, de 13 de noviembre de 2018, y en
virtud del artículo 7.f) del Decreto 100/2001, de 3 de abril, de aprobación de los Estatutos
del Instituto Catalàn de las Industrias Culturales.
De otra parte, don Salomón Castiel Abecasis, Director de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, entidad adscrita a la Consejería de Cultura y Patrimonio
Histórico de la Junta de Andalucía, en virtud del Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
de la Junta de Andalucía, actuando en representación de la misma conforme a lo
dispuesto en el Decreto 244/2022, de 11 de agosto de 2022.
Intervienen en nombre y representación de sus respectivas Instituciones, en ejercicio
de las competencias que les están legalmente atribuidas. Todas partes se reconocen
mutuamente capacidad jurídica para obligarse y, en su virtud
EXPONEN
Primero.
Que el 20 de mayo de 2021 el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión
Europea adoptaron el Reglamento por el que se establece el Programa Europa Creativa
(2021 a 2027), que tiene como objetivos generales: a) salvaguardar, desarrollar y
promover la diversidad cultural y lingüística y el patrimonio cultural y lingüístico europeos;
b) incrementar la competitividad y el potencial económico de los sectores cultural y
creativo, en particular el sector audiovisual.
Segundo.
Que para promover y difundir el Programa a nivel nacional, asesorar a los sectores
cultural y creativo en relación con él y proporcionar información sobre los distintos tipos
de ayuda disponibles, el citado Reglamento prevé la creación de una red de Creative
Europe Desks, compuesta por unos servicios nacionales de difusión, información y
asesoramiento.
Tercero.
Que con fecha de 1 de febrero de 2021 se recibió carta de la Dirección General de
Educación y Cultura de la Comisión Europea dirigida a la REPER en la que se solicitaba
la designación del Órgano de coordinación de la Oficina Europa Creativa en España.

Que con fecha de 24 de febrero de 2021, la Subsecretaria del Ministerio de Cultura y
Deporte remitió carta a la Dirección General de Educación y Cultura de la Comisión
Europea designando a la Subdirección General de Cooperación Cultural con las
Comunidades Autónomas, dependiente de la Dirección General de Industrias Culturales,
Propiedad Intelectual y Cooperación, como Órgano de coordinación de la Oficina Europa
Creativa en España, y a la persona titular de dicha unidad como su representante legal.
Quinto.
Que en dicho escrito de designación se establece también la continuación de las
cinco Oficinas dedicadas a la difusión del programa en el septenio anterior: la Oficina
Cultura, alojada en esa misma Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad

cve: BOE-A-2022-17712
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Cuarto.